El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el decreto que establece el calendario de fiestas laborales en Andalucía para el año 2025. Este calendario incluye doce días festivos de ámbito nacional y autonómico, que tendrán carácter retribuido y no recuperable. Además, cada municipio podrá añadir dos días festivos locales.
De acuerdo con las competencias autonómicas, los días festivos en Andalucía para 2025 incluirán el 6 de enero (Epifanía del Señor) y el 17 de abril (Jueves Santo), que son festividades tradicionales en la región, además del 28 de febrero, Día de Andalucía. A estos días se suman las festividades nacionales.
De este modo, la relación completa de días festivos en Andalucía para 2025 es la siguiente:
- 1 de enero (miércoles)
- 6 de enero (lunes)
- 28 de febrero (viernes)
- 17 de abril (jueves)
- 18 de abril (viernes)
- 1 de mayo (jueves)
- 15 de agosto (viernes)
- 13 de octubre (lunes)
- 1 de noviembre (sábado)
- 6 de diciembre (sábado)
- 8 de diciembre (lunes)
- 25 de diciembre (jueves)
Los municipios andaluces deberán proponer a la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo los dos días festivos locales dentro de los dos meses siguientes a la publicación del decreto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Este calendario laboral asegura que las festividades tradicionales y nacionales sean reconocidas y permite a los municipios adaptar dos días adicionales según sus necesidades locales, garantizando así un equilibrio entre las celebraciones regionales y locales.