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Vie. Mar 29th, 2024

Ciudadanos presenta alegaciones a la Ordenanza de terrazas

camarero hosteleríaEl grupo municipal de Ciudadanos en el Ayuntamiento de Cádiz presentará mañana una batería de alegaciones a la Ordenanza Municipal de Ocupación de la Vía Pública con terrazas y otros elementos anexos en establecimientos de hostelería. El documento aportado por Ciudadanos consta de 39 alegaciones, tanto sobre aspectos de estilo como de carácter más técnico, que traen consigo modificaciones sustanciales.

Entre estas alegaciones destaca la relativa al artículo 29, donde se establece una norma que atribuye al Ayuntamiento la redacción de planes de regulación de espacios para la instalación de terrazas, quedando sometidos a dichos planes la concreción de los espacios de posible utilización, con posibilidad incluso de establecer criterios más restrictivos que los regulados en la Ordenanza. Desde Ciudadanos han afirmado que la norma es de “dudosa legalidad”, puesto que en el proceso de aprobación de los planes de regulación del Ayuntamiento se podrá prescindir de la Ordenanza, de manera que la regulación quedará a la discreción del gobierno municipal en cada momento, “y consecuentemente la Ordenanza queda desprovista de su carácter obligatorio”.

Otra alegación de la formación naranja es relativa a la accesibilidad al interior de los locales para poder ocupar la vía pública con terraza. Para Ciudadanos la norma puede entrar en colisión con la existencia de locales que tengan licencia de apertura anterior a las normas de accesibilidad universal y que, por tanto, no estén sometidos en su configuración a dicha normativa. “No se entiende por qué estos locales habrían de quedar excluidos de la posibilidad de tener terraza cuando la instalación de la mismas no afectaría a la accesibilidad de la propia terraza”, han explicado.

Así mismo, el documento incluye otros aspectos de interés a tener en cuenta, como la solicitud de que las nueva autorizaciones o renovaciones no tenga nada que ver con el hecho de si la empresa tiene o no deudas pendientes con la seguridad social, o que el silencio administrativo recaiga en el plazo de dos meses en lugar de los tres meses que contempla la Ordenanza, porque precisamente es en dos meses el plazo de espera fijado  para la aprobación de una nueva terraza.

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