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Andalucía y más allá

Cómo calcular la subida del alquiler en 2025 y qué gastos debe asumir el propietario

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha recordado que el Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado el nuevo Índice de Referencia de Arrendamientos de Vivienda (IRAV), que determina la subida máxima anual de los alquileres en 2025. Este índice es clave para calcular la actualización de la renta de los contratos firmados tras el 26 de mayo de 2023, sustituyendo al Índice de Precios al Consumo (IPC).

Según la Ley por el Derecho a la Vivienda, el IRAV se ha fijado en un 2,2% para las actualizaciones de renta en 2025. Para los contratos firmados antes del 26 de mayo de 2023, sigue aplicándose el IPC, que en noviembre de 2024 registró un 2,4%. La actualización de la renta solo puede realizarse en la fecha de renovación anual del contrato y debe ser comunicada con al menos un mes de antelación.

Además, la ley establece que los gastos de gestión inmobiliaria y la formalización del contrato deben ser asumidos por el propietario. En cuanto a la fianza, se mantiene la obligación de depositar una mensualidad de renta para alquileres de vivienda y dos mensualidades para otros usos.

La duración de los contratos sigue siendo libremente pactada, pero los firmados después del 6 de marzo de 2019 tienen una prórroga obligatoria hasta un mínimo de 5 años (7 años si el arrendador es una empresa). El inquilino puede desistir del contrato tras seis meses de alquiler, avisando con 30 días de antelación, aunque el arrendador puede exigir una indemnización de un mes de renta por cada año pendiente de contrato.

Para más información sobre derechos y obligaciones en los alquileres, la Junta de Andalucía ofrece recursos en la web de Consumo Responde.

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