Andalucía y más allá

Consumo recuerda la obligación de informar sobre alérgenos en el etiquetado de alimentos

La Dirección General de Consumo insiste, con motivo del Día Mundial de la Celiaquía, en la importancia del etiquetado de alimentos para personas con alergias e intolerancias y en la obligación de bares y restaurantes de facilitar esta información en Cádiz y el resto de Andalucía.

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha recordado, con motivo del Día Mundial de la Celiaquía, que el etiquetado de alimentos es la principal herramienta de información para personas con alergias e intolerancias alimentarias y que su correcta aplicación es obligatoria tanto en comercios como en establecimientos de hostelería.

El organismo autonómico subraya que la normativa europea exige informar de forma clara sobre la presencia de sustancias que pueden provocar reacciones adversas. Entre los alérgenos de declaración obligatoria se encuentran el gluten —presente en cereales como trigo, cebada, avena o centeno—, así como frutos secos, lácteos y lactosa, huevo, pescado, crustáceos, soja o sésamo, entre otros.

Esta información debe aparecer destacada en el listado de ingredientes de los productos envasados o, en su defecto, mediante indicaciones específicas que adviertan de su presencia. En los casos en los que el alimento no incluya lista de ingredientes, la existencia de alérgenos también debe indicarse expresamente para evitar confusiones.

En relación con el gluten, Consumo recuerda que la normativa europea permite utilizar la mención “sin gluten” únicamente en alimentos que contengan menos de 20 miligramos por kilo (ppm). Por su parte, los productos etiquetados como “muy bajo en gluten” pueden contener entre 20 y 100 ppm, por lo que no son aptos para personas celíacas.

Además, desde febrero de 2026, la actualización de la Norma de Calidad del Pan considera “pan común” el elaborado con harinas sin gluten, almidones y fibras, siempre que cumpla los mismos estándares exigidos al pan de trigo. La medida busca garantizar una información clara para las personas consumidoras y homogeneizar los criterios de calidad.

La obligación de informar no se limita a los supermercados. Bares, restaurantes y otros establecimientos de restauración deben facilitar datos sobre alérgenos en cartas, menús o soportes digitales, mediante sistemas que permitan su identificación rápida. Consumo recuerda que esta exigencia también es objeto de inspección dentro de las actuaciones habituales de control.

El organismo autonómico señala que la vigilancia del cumplimiento de estas obligaciones forma parte de sus competencias en materia de protección de la salud pública y seguridad alimentaria.

Más allá del ámbito alimentario, la Dirección General de Consumo advierte de que otros productos y servicios, como los cosméticos o determinadas prácticas estéticas, pueden contener sustancias capaces de provocar reacciones alérgicas. En estos casos, recomienda revisar la composición de los productos y comunicar posibles sensibilidades a los profesionales antes de su uso o aplicación.

Con este recordatorio, coincidiendo con el Día Mundial de la Celiaquía, la Junta incide en la necesidad de que las personas consumidoras consulten siempre el etiquetado de alimentos y la información facilitada en los establecimientos de hostelería para prevenir riesgos, especialmente en el caso de quienes conviven con alergias o intolerancias alimentarias.

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