Bendodo subraya la falta de ideología en un decreto fruto de la “cirugía de precisión” de más de 150 funcionarios
El Pleno del Parlamento de Andalucía ha convalidado este miércoles el Decreto ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía. Incorpora 330 medidas agrupadas en medidas de simplificación administrativa, medidas de mejora de la regulación o derogaciones normativas.
Durante la defensa del decreto ante la Cámara andaluza, el consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior, Elías Bendodo, ha explicado que las medidas que contiene el tercer decreto de simplificación del Gobierno andaluz afectan a 33 materias y suponen la modificación de 80 normas entre leyes, decretos leyes, decretos u órdenes, incluyendo diversas derogaciones normativas.
En palabras de Bendodo, se trata del decreto «del sentido común», cuyo objetivo es «hacer la vida más fácil a las empresas, a los autónomos y a las familias de Andalucía», de manera que va a permitir que la economía andaluza «salga del atasco y pueda avanzar» frente a la crisis que ha generado la pandemia de Covid.
Ha explicado que este decreto se ha hecho gracias al trabajo de 150 funcionarios que «han realizado durante meses cirugía de precisión» en una operación «para la que han prescindido completamente de ideología». «Han hecho un esfuerzo titánico para retocar todos los procedimientos administrativos que dificultan que la economía andaluza fluya a gran velocidad», ha abundado.
El titular de la Presidencia se ha mostrado convencido de que otras comunidades autónomas imitarán esta iniciativa y ha precisado que el aprobado hoy es el tercer decreto de simplificación normativa en lo que va de legislatura, junto a los aprobados en marzo de 2020 y en febrero de 2021. Entre los tres suman 400 medidas de simplificación y mejora de la regulación, además de un centenar de normas agilizadas.
Medidas del decreto aprobado
En lo referido a la Vicepresidencia y Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, la nueva norma suprime trámites o los sustituye por otros más sencillos para evitar gestiones innecesarias a los ciudadanos en las fundaciones, mientras que, en el servicio de asistencia jurídica gratuita, simplifica y agiliza la compensación económica de los gastos de funcionamiento de los colegios profesionales.
Junto a ello, se dota de mayor agilidad a la aprobación de los marcos estratégicos que regulan la actividad turística, se aumenta el volumen de localidades andaluzas que pueden acceder a la declaración de Municipio Turístico y se simplifica el procedimiento de Declaración de Interés Turístico de Andalucía, entre otras medidas destinadas al sector turístico.
En cuanto a la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, se llevan a cabo medidas de simplificación y mejora de la calidad regulatoria en materia de tramitación normativa, a través de una modificación del procedimiento de elaboración normativa con objeto de habilitar todos los mecanismos posibles que permitan actuar con rapidez y celeridad en situaciones que requieran una acción normativa.
Entre otras normas, se modifican la Ley del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, permitiendo la tramitación de urgencia de los procedimientos de elaboración de reglamentos consiguiendo una mayor agilización de aquellos procedimientos cuyo objeto sea dar respuesta normativa a situaciones extraordinarias o que requieran adaptarse a otra normativa en un plazo determinado.
Se modifican además las leyes de Participación Ciudadana de Andalucía y de Audiovisual de Andalucía, así como también se incluyen medidas en relación con la Unidad Aceleradora de Proyectos con el fin de eliminar informes innecesarios de las Consejerías afectadas por la tramitación y ejecución del proyecto y de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio, se requieren dichos informes una vez se emita en primer lugar informe favorable de la Consejería competente en economía al proyecto en cuestión.
La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo reduce la intervención de la administración suprimiendo el régimen de autorización administrativa por el régimen declaración responsable el cual se aplicará tanto a la creación de Escuelas de Tiempo Libre como a la programación anual, la modificación de sus instalaciones y al convenio de formación en prácticas.
En cuanto a la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, se produce una simplificación en la documentación necesaria para la tramitación de los proyectos fotovoltaicos y sus infraestructuras de evacuación: se elimina el informe de compatibilidad urbanística, si bien, por la aplicación de la normativa estatal sectorial eléctrica, se remite separada del proyecto a los organismos afectados, entre ellos, los ayuntamientos, los cuales, en caso de no manifestarse se entenderá que están conformes con el proyecto.
También se facilita el despliegue de una infraestructura de recarga de vehículos en todo el territorio de Andalucía sostenidos por energías renovables como los eléctricos, entre los que se incluyen los impulsados por hidrógeno, al simplificar los trámites de implantación de puntos de recarga en gasolineras, áreas de descanso, centros comerciales y zonas urbanas.
Y, además, se facilita la implantación de generación de energías renovables de autoconsumo en las zonas urbanas al solicitarse únicamente una declaración responsable para la ubicación de estas infraestructuras de hasta 100kw en todas aquellas edificaciones existentes que sean conformes a los planes urbanísticos aprovechando incluso las marquesinas de aparcamientos, cubiertas de edificios industriales, etc.
En lo que se refiere a la Consejería de Educación y Deporte, los dos objetivos que persigue el nuevo decreto ley son el diseño de un nuevo procedimiento, mucho más ágil y sencillo, de homologación de actividades formativas. De esta forma, se incentiva al sector dedicado a la formación de los docentes que se ha visto resentido durante la pandemia.
Precisamente, esta nueva norma permitirá que las entidades dedicadas a la formación de los profesores y maestros puedan homologar los cursos que ofrecen con menos trámites administrativos, en menos tiempo, de manera telemática y con todas las garantías.
Por su parte, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible ha incluido 128 modificaciones en la legislación ambiental. Se hace hincapié en la GICA (Gestión Integrada de la Calidad Ambiental), concretamente en su anexo para adecuar los niveles de protección de Andalucía a los del Estado. Además, se reducen los plazos y tiempo, eliminando la burocracia que no aportaba protección ambiental.
Este nuevo decreto ley permitirá que proyectos sometidos a Declaración de Impacto Ambiental no precisen Autorización Ambiental Unificada, lo que va a permitir eliminar duplicidades y reducir el tiempo de tramitación.
Por otro lado, se amplía el plazo de garantía de la Autorización Ambiental Unificada, cuya caducidad pasa a 5 años. Una reivindicación histórica que aporta tranquilidad a los empresarios.
Economía, Salud, Fomento y Cultura
La Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades ha reformado en el marco de este decreto ley un total de 18 normas y ha introducido 65 medidas de simplificación, de mejora de la regulación económica y de reactivación en materia de comercio interior, artesanía, industria, minas, universidades e investigación y el proceso para la declaración de proyectos estratégicos para Andalucía.
En el apartado de comercio y artesanía, la Junta favorece el comercio minorista y ambulante, así como el desarrollo de las ferias comerciales al suprimir diez procedimientos administrativos obligatorios. Los más relevantes están relacionados con la eliminación del Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía, en el que debían inscribirse obligatoriamente hasta ahora toda persona jurídica o física que ejerciera una actividad de estas características en la comunidad. De igual modo, también dejan de tener vigencia el Registro General de Comerciantes Ambulantes y el de Ferias Comerciales Oficiales.
Por otro lado, se permite a los municipios declarados como turísticos adaptar su oferta comercial a la demanda durante Semana Santa y verano, periodos con mayor afluencia de visitantes. Con esta medida, los establecimientos comerciales situados en dichos términos municipales disponen de libertad para fijar los días de apertura.
Las modificaciones introducidas en la normativa posibilitan también que las corporaciones locales tengan mayor flexibilidad a la hora de solicitar la permuta de hasta dos domingos y festivos recogidos en el calendario comercial que se aprueba anualmente en la comunidad. Así, a partir de ahora podrán pedir los cambios de días en cuatro periodos al año y no en uno.
Asimismo, en este ámbito también se elimina la obligación de solicitar el informe autonómico previo a la licencia municipal de obras para implantar una gran superficie minorista (más de 2.500 metros cuadrados), puesto que duplica un trámite preceptivo que ya se exige para cumplir la normativa urbanística y medioambiental. También se reconoce por primera vez en la normativa la venta online como modalidad comercial.
En materia de industria y minas, se incorporan las comunicaciones electrónicas con la Administración y se suprimen trámites administrativos relativos a la verificación metrológica de surtidores en estaciones de servicio y a las placas de talleres de reparación de vehículos. Además, se simplifican procedimientos para determinados aprovechamientos, permisos de investigación y concesiones mineras, al mismo tiempo que se facilita el desarrollo de instalaciones mineras autorizadas, que podrán ponerse en servicio mediante declaración responsable. Asimismo, se introducen medidas para conseguir una mayor eficiencia en el control administrativo de las actividades industriales y mineras.
Por otra parte, se introducen obligaciones a los titulares de derechos mineros dirigidas a favorecer la disponibilidad de esos terrenos para futuros inversores. Con todo ello, se crean unas mejores condiciones para la atracción de inversiones, así como para la racionalización y modernización de la Administración industrial y minera.
En el apartado de universidades e investigación, la Consejería de Transformación Económica, por un lado, unifica en un solo trámite la implantación e impartición de un nuevo título universitario. De esa forma solo será necesaria una autorización administrativa y no dos, como venía exigiendo la Ley Andaluza de Universidades, para la misma finalidad. Por otro lado, la Junta flexibiliza el Registro de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento, suprimiendo algunos de los requisitos exigidos a los centros tecnológicos por no resultar necesarios para el desarrollo de sus actividades.
En lo que respecta a la norma que regula la declaración de proyectos estratégicos para Andalucía, la Junta ha agilizado los criterios que rigen la elaboración de los informes preceptivos por parte de los diferentes departamentos de la Junta, permitiendo así acortar el periodo de su emisión. También se han delimitado de forma más precisa los requisitos mínimos de inversión y de empleo generado para conceder dicha declaración, buscando maximizar el impacto de estos proyectos sobre la economía andaluza. Se trata, por tanto, de mejoras que posibilitarán agilizar la valoración y declaración de las inversiones empresariales relevantes para la región.
Hasta el momento, han obtenido esa calificación, que implica el impulso preferente en la tramitación administrativa de los permisos y autorización necesarios para desarrollarlas, diez iniciativas que movilizarán 3.400 millones y generarán 9.500 empleos.
Procedimientos sanitarios
En lo que la Consejería de Salud y Familias respecta, el decreto ley de simplificación administrativa aborda, desde el punto de vista de salud, la modificación de la Ley de Drogas, ya que todos los centros de adicciones pasarían a calificarse como centros sanitarios y el procedimiento de autorización y acreditación se refunde en uno solo, lo que conlleva la reducción de trámites administrativos tanto para usuarios como para los operadores económicos en materia de autorización y acreditación.
También afecta a la Ley de Salud de Andalucía. En este caso el procedimiento de autorización y de homologación y acreditación de centros sanitarios se efectúa en un único procedimiento, también se simplifican los requisitos para poder concurrir al procedimiento de contratación administrativa por parte de la iniciativa privada en la prestación de servicios públicos de atención sanitaria, mejorando de este modo los plazos de respuesta previstos normativamente en actividad quirúrgica. Por último, en este sentido, se deroga la normativa que regulaba los convenios y conciertos para la prestación de asistencia sanitaria en entidades públicas y privadas siendo la normativa que va a regir a partir de ahora dichas relaciones, la normativa vigente en materia de contratación pública lo que amplía el número de entidades titulares de centros sanitarios autorizados donde poder realizar actividades sanitarias.
Por otro lado, se modifica el decreto que regula el procedimiento de la autorización sanitaria de funcionamiento y la comunicación previa de inicio de actividad de las empresas y establecimientos alimentarios y se crea el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía.
Por su parte, la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, introduce una modificación de la Ley de Vivienda Protegida para adjudicar viviendas del parque público a colectivos con necesidad urgente. Se simplifica el procedimiento para construir áreas logísticas y la tramitación para la implantación de actividades en los Puertos autonómicos. Y en materia de urbanismo, se agilizará la ejecución de los proyectos Next Generation mediante su consideración de obras de interés general no sujetas a licencia con el acuerdo municipal.
En el ámbito de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, las medidas aprobadas van encaminadas, por un lado, a la simplificación de los procedimientos administrativos suprimiendo trabas y cargas para el ciudadano y, por otro lado, a que estas modificaciones supongan una dinamización del tejido cultural, facilitando el desarrollo de actividades económicas relacionadas con la cultura.
Para ello, se modifica la Ley 8/2007 para suprimir el requisito del plan de viabilidad para la creación de museos y la normativa para ampliar los museos que pueden ser depositarios de bienes de la colección museística de Andalucía para facilitar el depósito de bienes en instituciones locales de carácter histórico-arqueológico.
Respecto al patrimonio histórico de Andalucía se exceptúa la necesidad de proyecto de conservación para las obras en inmuebles comprendidos en el entorno de un Bien de Interés Cultural, los trámites para la inscripción de bienes en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andalucía y para delegar competencias en los ayuntamientos que redacten planes urbanísticos de protección en los ámbitos protegidos como Conjuntos Históricos, Sitios Históricos, Lugares de Interés Etnológico, Lugares de Interés Industrial y Zonas Patrimoniales, con un claro efecto en la actividad económica y su desarrollo turístico. Además, se incorporan innovaciones en la tipología de las actividades arqueológicas, a sus autorizaciones, y se actualiza su definición.