La solicitud ha sido aprobada con 177 votos a favor, 162 en contra y 11 abstenciones
El Pleno del Congreso ha autorizado este miércoles, 20 de mayo, una nueva autorización de prórroga del estado de alarma, hasta las 00,00 horas del 7 de junio, según la solicitud remitida a la Cámara Baja por el Ejecutivo. El Consejo de Ministros declaró el estado de alarma mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Posteriormente ha sido prorrogado, con la autorización del Congreso de los Diputados, por los Reales Decretos 476/2020, de 27 de marzo, 487/2020, de 10 de abril, 492/2020, de 24 de abril y 514/2020, de 8 de mayo. El resultado de la votación de la quinta prórroga del estado de alarma ha sido el siguiente: 177 votos a favor, 162 en contra y 11 abstenciones.
Esta quinta prórroga del estado de alarma, que se extiende durante 15 días, incorpora como novedad la posibilidad de que el estado de alarma sea suspendido en aquellos territorios que hayan superado todas las fases de la desescalada. Asimismo, el texto establece la cogobernanza entre el Gobierno y las Comunidades Autónomas, con las que se acordarán las modificaciones y el alcance de las restricciones a la libertad de circulación de las personas.
El debate
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha abierto la sesión, con la defensa de la solicitud de autorización de prórroga del estado de alarma. Acto seguido, han tomado la palabra los representantes de los grupos parlamentarios, de mayor a menor, a excepción del grupo parlamentario socialista, que lo ha hecho en último lugar. Siguiendo este orden, han intervenido Pablo Casado, por el G.P. Popular; Santiago Abascal, por el G.P. VOX; Pablo Echenique, por el G.P. Confederal de Unidas Podemos-En Comù Podem-Galicia en Común; Gabriel Rufián, por el G.P. Republicano; Laura Borràs (JxCat), Íñigo Errejón (Más País), Joan Baldoví (Compromís) y Néstor Rego (BNG), por el G.P. Plural; Edmundo Bal, por el G.P. Ciudadanos; Aitor Esteban, por el G.P. Vasco (EAJ-PNV); Mertxe Aizpurua por el G.P. Euskal Herria Bildu; Mireia Vehí (CUP), Ana Oramas (CC), Pedro Quevedo (NC), Sergio Sayas (UPN) y José María Mazón (PRC) por el G.P. Mixto; y Adriana Lastra por el G.P. Socialista. Tras ellos, ha vuelto a intervenir el presidente del Gobierno y a continuación han tomado nuevamente la palabra, en el turno de réplica, los representantes de los grupos parlamentarios. El presidente del Gobierno ha clausurado el debate.
Concluido el debate se han votado las propuestas de resolución que, de acuerdo con la previsión constitucional, habían presentado los grupos parlamentarios Mixto (Foro Asturias), Ciudadanos, Plural (BNG, Compromís y Más País) y Republicano para modificar el alcance o las condiciones vigentes durante la prórroga. En esta ocasión, han quedado rechazadas todas las propuesta de los grupos.
Solicitud de Prórroga
En la solicitud de autorización para la prórroga remitida al Congreso, el Gobierno defiende el estado de alarma durante el proceso de desescalada, para lo que justifica su ampliación durante otros 15 días argumentando que «si bien la evolución de la pandemia] es favorable en todas las comunidades autónomas, presenta diferencias entre estas, requiriéndose un periodo de tiempo adicional para garantizar, en todo el territorio nacional, el cumplimiento del objetivo previsto de detección precoz y respuesta rápida».
En este nuevo documento de solicitud de autorización para la prórroga, el Ejecutivo reduce el número de autoridades competentes delegadas, ya que permanecerá únicamente el ministro de Sanidad, Salvador Illa, a quien a través de la solicitud de autorización de prórroga se le habilita «a concretar las medidas que deban aplicarse en el proceso de desescalada», en todos los ámbitos de actividad, en un marco de cogobernanza» con «las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla». Asimismo, el texto contempla que «la progresión de las medidas, o su eventual regresión, se determinará en función de la evolución de diversos indicadores, tanto sanitarios y epidemiológicos, como sociales, económicos y de movilidad».
Por último, el texto prevé la «reanudación de las actividades presenciales en el ámbito educativo no universitario y de la formación, siempre que se acuerde la progresión a fase II». De igual forma, se establece, en el ámbito de los procesos administrativos y judiciales, «el levantamiento de la suspensión de términos y de la interrupción de plazos administrativos».
Procedimiento
La declaración del Estado de alarma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 116 de la Constitución, corresponde al Gobierno, mediante decreto acordado en Consejo de Ministros y por un plazo máximo de quince días. La Constitución determina que el Ejecutivo dará cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo.
El Reglamento del Congreso, en su artículo 162, desarrolla este precepto constitucional y añade que «cuando el Gobierno declarase el estado de alarma, remitirá inmediatamente al presidente del Congreso una comunicación a la Cámara, que el jefe del Ejecutivo expuso ante el Pleno el pasado día 6 de mayo.
El Gobierno necesita la autorización del Congreso para prorrogar el estado de alarma más allá de los primeros días de vigencia, y tendrá que producirse antes de que expire este plazo de quince días, de acuerdo con lo establecido por el artículo 116. 2 de la Constitución.