El Gobierno actualiza la ley del derecho de rectificación para adaptarla al entorno digital
El proyecto amplía la rectificación a medios digitales e ‘influencers’ con gran impacto y agiliza el procedimiento para corregir información inexacta

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de Ley Orgánica reguladora del derecho de rectificación, una reforma que actualiza por primera vez desde 1984 esta garantía jurídica y la adapta al ecosistema digital, con el objetivo de reforzar la protección de los ciudadanos frente a informaciones inexactas que puedan causar un perjuicio. El texto será remitido ahora a las Cortes para su tramitación parlamentaria.
Con esta reforma, el Ejecutivo incorpora al procedimiento de rectificación tanto a los medios de comunicación tradicionales como a los digitales y a los usuarios de especial relevancia en plataformas y redes sociales, ampliando el alcance del derecho más allá del entorno mediático convencional. La medida responde a la expansión de contenidos informativos generados por particulares con una capacidad de difusión y de impacto equiparable a la de medios profesionales en determinados segmentos.
El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, subrayó la necesidad de actualizar la norma para ajustarla al contexto tecnológico actual y reforzar la eficacia del derecho. Según defendió, la frecuencia y la gravedad de la desinformación justifican una regulación que permita a cualquier ciudadano solicitar la rectificación de hechos inexactos difundidos por canales digitales con gran audiencia.
El proyecto considera como usuarios de especial relevancia a aquellos que superen los 100.000 seguidores en una red social o los 200.000 de forma agregada en varias plataformas. En estos casos, las solicitudes tendrán un plazo ampliado y deberán contar con un mecanismo de acceso visible y gratuito para ejercer el derecho sin intermediación. La reforma elimina la obligación de dirigir la solicitud al director del medio, pudiendo remitirse directamente al medio o al responsable del canal digital.
El texto amplía además el plazo para solicitar la rectificación. Frente a los siete días recogidos en la norma vigente, el proyecto establece un periodo general de diez días y un plazo ampliado de veinte cuando se trate de contenidos difundidos exclusivamente por medios digitales o usuarios de especial relevancia. Se mantiene la obligación de publicar la rectificación en un máximo de tres días y con el mismo protagonismo que la información original, limitándose a los hechos que se pretende rectificar. Como novedad, se permitirá añadir valoraciones o apreciaciones siempre que deriven directamente del contenido rectificado y no excedan el objeto del procedimiento.
En el ámbito procesal, el proyecto introduce una simplificación orientada a evitar dilaciones en los juzgados. Cuando no exista acuerdo en la fase previa, se podrá presentar una demanda sucinta, sin necesidad de contestación escrita y con posibilidad de dictar sentencia incluso de forma oral, lo que reduce notablemente los tiempos de resolución respecto a la práctica actual.
La actualización de la ley del derecho de rectificación forma parte del denominado Plan de Acción por la Democracia aprobado en 2024. Según datos del Ejecutivo, el 70% de las normas contempladas en dicho plan se encuentran ya aprobadas o en estado avanzado de tramitación.
El Consejo de Ministros analizó además un anteproyecto de Ley Orgánica de protección civil del derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen con el que se pretende modernizar una regulación vigente desde 1982. El texto incorpora nuevas previsiones en materia de consentimiento para el uso de imágenes en redes sociales, protección de menores, utilización de tecnologías de inteligencia artificial y criterios para ponderar posibles intromisiones en el derecho al honor vinculadas a contenidos informativos de interés público. Este anteproyecto inicia ahora el proceso de consultas y emisión de informes preceptivos antes de regresar al Consejo de Ministros para su aprobación definitiva.
Con estas dos reformas, el Ejecutivo persigue actualizar las garantías que asisten a la ciudadanía frente a informaciones erróneas, contenidos virales no contrastados y usos indebidos de la imagen personal, en un escenario marcado por la expansión de plataformas digitales, el aumento de la capacidad de difusión individual y el crecimiento de la litigiosidad en materia reputacional.
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