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El IFEF abre el plazo para la convocatoria 2021 de Ayudas Reembolsables a la Creación y Consolidación Empresarial

Se trata de ayudas financieras que pueden alcanzar hasta un 100% del proyecto de inversión subvencionable, con un límite máximo por proyecto y beneficiario de 10.000 euros, que se van a conceder en régimen de concurrencia competitiva

Instituto de Fomento, Empleo y Formación (IFEF)
Instituto de Fomento, Empleo y Formación (IFEF)

El Instituto de Fomento, Empleo y Formación (IFEF) del Ayuntamiento de Cádiz abrirá mañana viernes, 29 de octubre, el plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria 2021 de Ayudas Reembolsables a la Creación y Consolidación Empresarial en la Ciudad de Cádiz.

La finalidad de estas ayudas es fortalecer el tejido productivo local financiando proyectos empresariales que se desarrollen en el municipio, favoreciendo la innovación, la competitividad empresarial y el mantenimiento del empleo.

Se trata de ayudas financieras reembolsables que pueden alcanzar hasta un 100% del proyecto de inversión subvencionable, con un límite máximo por proyecto y beneficiario de 10.000 euros, que se van a conceder en régimen de concurrencia competitiva y siendo proyectos subvencionables tanto la creación como la consolidación empresarial.

Las ayudas se financiarán con cargo a los créditos consignados en los presupuestos del IFEF, ascendiendo a 120.000 euros la cuantía total estimada del conjunto de ayudas a conceder.

Línea 1: Creación de empresas: 48.000 euros

Línea 2: Consolidación empresarial: 72.000 euros

Las condiciones aplicables a las ayudas son las siguientes:

  • Tipo de interés: 0%.
  • Periodo de carencia: 6 meses, a computar desde la fecha del pago de la ayuda.
  • Vencimiento: máximo 24 meses excluido el periodo de carencia, a fijar individualmente en cada resolución de concesión en función del proyecto solicitado.
  • Cuotas de amortización: Comenzarán a pagarse en todo caso a los 6 meses desde el cobro de la ayuda, finalizado el plazo de carencia, en cuotas idénticas durante los meses que se establezcan individualmente en cada resolución de concesión en función del proyecto solicitado.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto durante un mes, finalizando el día 29 de noviembre de 2021.

Las solicitudes para concurrir a esta convocatoria se presentarán de forma telemática, a travésdel Registro Electrónico Común del Estado, accediendo al siguiente enlace:

https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html

Los interesados en el momento de la solicitud no tendrán que aportar ningún documento, tan sólo habrán de cumplimentar y firmar digitalmente el formulario de solicitud correspondiente (Línea 1: Creación de empresas o Línea 2: Consolidación empresarial) y enviarlo a través del Registro electrónico Común del Estado.

Toda la documentación relativa a la convocatoria de Ayudas Reembolsables puede descargarse en la página web del IFEF:  www.ifef.es

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