El jurado declara inocente a los acusados del asesinato en Chiclana de 2022
El jurado declara inocente a los acusados del asesinato en Chiclana de un ciudadano holandés hallado con un disparo en la cabeza en enero de 2022 al no apreciar pruebas suficientes que acrediten su participación en el crimen

El jurado popular ha declarado inocentes a los dos hombres acusados del asesinato de un ciudadano holandés cometido el 15 de enero de 2022 en Chiclana de la Frontera. El juicio se ha celebrado en la Audiencia Provincial de Cádiz, donde el tribunal del jurado ha considerado que no existen pruebas suficientes para acreditar que los procesados fueran los autores del crimen.
La víctima fue hallada con un disparo en la sien en el polígono industrial Pelagatos de Chiclana. Según la tesis de la Fiscalía, se trató de un ajuste de cuentas relacionado con el tráfico de drogas. El Ministerio Público solicitaba para cada uno de los acusados una pena total de 28 años de prisión: 23 años por asesinato y otros cuatro por tenencia ilícita de armas y daños mediante incendio. Además, reclamaba una indemnización de 274.000 euros para la viuda y el hijo del fallecido.
Durante el juicio, la Fiscalía sostuvo que los acusados se desplazaron desde Málaga hasta Chiclana en un vehículo de alquiler, portando un arma corta de fuego sin licencia, y que dispararon a la víctima. Posteriormente, siempre según esta versión, se dirigieron a la zona del pinar de los Franceses, a unos nueve kilómetros, donde incendiaron el coche con el objetivo de eliminar pruebas que pudieran relacionarlos con el asesinato.
La investigación de la Guardia Civil apuntó en su momento que el fallecido estaba vinculado al tráfico de hachís entre la Costa del Sol, Holanda y Francia. Tras el suceso fueron detenidas cinco personas. Los investigadores situaron a la víctima en el entorno de la denominada “mocro mafia” holandesa, una organización criminal relacionada con el narcotráfico.
La defensa, por su parte, pidió la absolución al sostener que los acusados no se encontraban en la provincia de Cádiz el día de los hechos. Según su argumentación, uno de ellos estaba en Málaga y el otro fuera de España. También defendió que, aunque uno de los procesados conocía a la víctima y coincidió con ella en los días previos al crimen, no existió contacto posterior.
Los letrados subrayaron que no había testimonios directos que situaran a sus defendidos en el lugar del asesinato ni en el incendio del vehículo. Además, señalaron que otras dos personas fueron investigadas inicialmente por el incendio del coche, aunque posteriormente quedaron fuera del procedimiento.
La defensa también expuso que la víctima figuraba como testigo protegido tras colaborar con las autoridades contra el líder de una organización criminal en Holanda y que existía un conflicto previo con ese entorno. Según esta versión, el homicidio podría responder a un ajuste de cuentas ajeno a los acusados.
Finalmente, el jurado ha determinado que no ha quedado acreditada la participación de los procesados en el asesinato ni en el incendio del vehículo. La ausencia de pruebas directas y de elementos concluyentes ha sido determinante en el veredicto de no culpabilidad.
Con esta decisión, queda resuelto en primera instancia un procedimiento judicial que se ha prolongado durante más de cuatro años desde que se produjeron los hechos en Chiclana de la Frontera.





