El permiso por nacimiento y cuidado del menor se amplía a 19 semanas por progenitor y 32 en familias monoparentales
El Gobierno refuerza las políticas de conciliación con la ampliación del permiso retribuido, aplicable a hijos nacidos a partir del 2 de agosto de 2024. Incluye nuevas medidas de flexibilidad y mayor cobertura para casos especiales.

El Consejo de Ministros ha aprobado la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor de 16 a 19 semanas retribuidas para cada progenitor, y hasta 32 semanas para familias monoparentales. La medida, en vigor desde el 29 de julio de 2025, responde al compromiso del Gobierno de avanzar en la conciliación laboral y familiar, reforzar la corresponsabilidad en los cuidados y reducir la brecha de género.
Este nuevo permiso, que sustituye a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad, es un derecho individual, intransferible, y con una remuneración del 100% de la base reguladora. Su cobertura corresponde íntegramente a la Seguridad Social y está exenta de IRPF.
¿A quién beneficia esta ampliación?
Podrán solicitar el nuevo permiso por nacimiento y cuidado de menor todos los trabajadores asalariados, autónomos o empleados públicos que estén en situación de alta o asimilada al alta, con los periodos mínimos de cotización exigidos. Es aplicable a nacimientos o adopciones a partir del 2 de agosto de 2024. Las dos semanas adicionales de disfrute flexible podrán solicitarse desde el 1 de enero de 2026.
¿Cómo se distribuye el permiso?
Para cada progenitor (o único en caso de familias monoparentales), el permiso de 19 semanas se reparte en dos bloques:
- 17 semanas (28 en familias monoparentales) durante el primer año de vida del menor:
- 6 semanas obligatorias a jornada completa tras el nacimiento o resolución judicial de adopción.
- 11 semanas restantes flexibles, continuadas o interrumpidas, a jornada completa o parcial, hasta cumplir los 12 meses.
- 2 semanas adicionales (4 en caso de monoparentales), para disfrutarse de forma flexible hasta que el menor cumpla 8 años.
En nacimientos múltiples o con discapacidad, se añade una semana más por progenitor. Si el parto es prematuro o con hospitalización prolongada del neonato, el permiso podrá extenderse hasta 13 semanas adicionales.
¿Qué ocurre en caso de fallecimiento?
Si fallece el bebé, se mantiene el derecho al permiso completo, salvo que los progenitores decidan reincorporarse voluntariamente tras las seis semanas obligatorias. En caso de fallecimiento de uno de los progenitores, el otro podrá asumir la totalidad del permiso.
¿Cómo solicitar el permiso por nacimiento?
La prestación puede solicitarse por diferentes vías:
- Online con certificado digital o Cl@ve: a través del portal «Tu Seguridad Social».
- Online sin certificado: mediante el formulario en la web del INSS.
- Por correo postal: enviando la solicitud cumplimentada y documentación a la Dirección Provincial correspondiente.
- Presencialmente: con cita previa en las oficinas del INSS.
Documentación necesaria
- Solicitud cumplimentada.
- Documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte).
- Certificado de empresa (en caso de asalariados).
- Informe de maternidad y certificado de inscripción en el Registro Civil (nacimiento).
- Resolución judicial o administrativa (adopción o acogimiento).
España, referente en permisos de conciliación
Con esta ampliación, España se alinea con los países europeos con permisos parentales más largos y flexibles. El Gobierno considera que “el trabajo retribuido no puede impedir el derecho a cuidar”, y subraya que estas medidas fomentan la igualdad de género y el reparto equitativo de responsabilidades familiares.
La ampliación completa la transposición de la directiva europea sobre conciliación y marca un nuevo hito en las políticas públicas de apoyo a la familia y al bienestar de la infancia.