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El Supremo abre un plazo de 48 horas antes de decidir sobre las inscripciones en el CERA por la Ley de Nietos

Redacción 6 octubre, 2026 3 minutos de lectura

Las partes podrán presentar alegaciones sobre las inscripciones en el CERA por la Ley de Nietos hasta las 15.00 horas de este jueves, antes de que el tribunal resuelva el recurso de la Abogacía del Estado y el resto de peticiones.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha concedido a las partes un plazo improrrogable de 48 horas para presentar alegaciones antes de decidir sobre la suspensión cautelar de las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de personas que han adquirido la nacionalidad española mediante la denominada Ley de Nietos. El plazo finalizará, en todo caso, antes de las 15.00 horas de este jueves.

El trámite se produce después de que Iustitia Europa y Vox registraran nuevos escritos relacionados con las inscripciones en el CERA por la Ley de Nietos. La decisión ha sido comunicada mediante dos providencias de la Sala, que deberá examinar conjuntamente las distintas cuestiones planteadas en este procedimiento.

Entre ellas figura el recurso de reposición presentado por la Abogacía del Estado contra la suspensión cautelar de las inscripciones, acordada por el propio Tribunal Supremo en septiembre. Antes de resolverlo, la Sala permitirá que las partes expongan los argumentos que consideren oportunos dentro del plazo establecido.

El tribunal también tendrá en cuenta como circunstancia sobrevenida la convocatoria de elecciones generales para el próximo 29 de noviembre. La inclusión de este hecho en las providencias vincula la decisión pendiente con la proximidad del proceso electoral y con la situación de las personas afectadas en el censo de residentes en el extranjero.

Las alegaciones deberán pronunciarse igualmente sobre el emplazamiento de dos grupos de ciudadanos. Por un lado, las personas que hayan obtenido la nacionalidad española de origen a través de la llamada Ley de Nietos y todavía no hayan sido inscritas en el CERA; por otro, quienes hayan accedido a la nacionalidad por esa misma vía y ya figuren en dicho censo electoral.

La actuación judicial se centra, por tanto, tanto en la suspensión cautelar recurrida por la Abogacía del Estado como en el tratamiento procesal de las personas que podrían verse afectadas por la resolución. Los escritos de Iustitia Europa y Vox se incorporan a las cuestiones que la Sala deberá valorar antes de adoptar una decisión.

Una vez recibidas todas las alegaciones, el Tribunal Supremo resolverá de manera conjunta el recurso de reposición y las demás peticiones planteadas. La decisión determinará el futuro de la medida cautelar adoptada en septiembre sobre estas inscripciones en el censo electoral de españoles residentes en el extranjero.