El Tribunal Supremo condena a Álvaro García Ortiz por revelación de secretos e impone dos años de inhabilitación como fiscal general del Estado
La Sala Segunda adelanta un fallo dictado por mayoría que impone multa, inhabilitación y una indemnización de 10.000 euros, con dos votos particulares en contra.

El Tribunal Supremo ha condenado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por un delito de revelación de datos reservados, imponiéndole una pena de multa de 12 meses, con cuota diaria de 20 euros, y una inhabilitación especial de dos años para el cargo de fiscal general del Estado, además del pago de las costas procesales, incluidas las correspondientes a la acusación particular. La resolución implica asimismo una indemnización de 10.000 euros por daños morales a favor de Alberto González Amador.
El fallo, acordado por mayoría de los magistrados de la Sala Segunda, se ha hecho público de forma anticipada, a la espera de la redacción definitiva y notificación formal de la sentencia, momento en el que surtirá efectos jurídicos. El tribunal absuelve a García Ortiz del resto de delitos por los que había sido acusado.
El Supremo establece también que los objetos intervenidos en los registros serán devueltos a sus titulares y, en caso necesario, destruidos. La resolución no es definitiva en cuanto al texto, pero sí en cuanto al resultado del fallo, que ya ha sido comunicado a las partes.
La sentencia incorporará dos votos particulares emitidos por las magistradas Ana María Ferrer García y Susana Polo García, que expresan su discrepancia con el criterio mayoritario. Debido a la existencia de votos particulares, se ha producido un cambio de ponencia, que pasa a manos del presidente de la Sala, Andrés Martínez Arrieta.
El fallo marca un episodio inédito en la historia reciente de la Fiscalía General del Estado, al afectar directamente al máximo representante del Ministerio Fiscal. La inhabilitación decretada por el Tribunal Supremo impedirá a García Ortiz ejercer funciones propias del cargo durante dos años una vez la sentencia sea notificada oficialmente.
A partir de dicha notificación comenzará el cómputo de la pena y podrá activarse el escenario jurídico y administrativo correspondiente para la sustitución en la jefatura del Ministerio Fiscal.
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