El TSJA absuelve a un condenado por el alijo en Sancti Petri al considerar insuficientes las pruebas
El tribunal revoca la pena de más de cuatro años de cárcel para uno de los acusados por el alijo en Sancti Petri de enero de 2021 y confirma las condenas de otros tres recurrentes

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha absuelto a uno de los seis condenados por un alijo en Sancti Petri en enero de 2021 al considerar que no existían pruebas suficientes de su participación. El acusado fue detenido a unos 100 metros del lugar donde se intervenían 2.400 kilos de hachís y sostuvo que se encontraba mariscando en la zona, una versión cuya “escasa credibilidad” no resulta suficiente para confirmar la condena, según la resolución.
La decisión revoca para este procesado la pena de más de cuatro años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz. El TSJA, sin embargo, ha desestimado los recursos presentados por otros tres acusados y ha confirmado sus condenas de cárcel y la multa fijada en el procedimiento.
La causa se remonta a enero de 2021, cuando agentes de la Guardia Civil detectaron una embarcación neumática que navegaba lentamente a dos millas de la entrada principal del canal de Sancti Petri. La lancha avanzó por los caños en dirección a San Fernando y tocó tierra a escasos metros de un furgón.
Al advertir la presencia de los vehículos policiales, los acusados huyeron y se arrojaron al agua. Las detenciones se produjeron en una noche marcada por el fuerte viento de levante, el temporal marítimo y las dificultades propias de una zona pantanosa.
El hombre ahora absuelto fue uno de los primeros detenidos y se encontraba a unos 100 metros del punto del desembarco. El resto fue localizado en distintas circunstancias en las inmediaciones: algunos estaban ocultos entre matorrales y otros fueron encontrados en una piscifactoría abandonada, con la ropa mojada, barro, olor a gasolina y síntomas de hipotermia.
Dos de los acusados se encontraban sumergidos en el caño, muy cerca de la zona del alijo, y también presentaban hipotermia. La operación terminó con la intervención de 45 fardos de hachís en la embarcación y otros 39 que ya habían sido introducidos en el furgón. Los 84 fardos alcanzaron un peso total de 2.400 kilos.
La Audiencia Provincial de Cádiz condenó por estos hechos a los seis procesados a penas superiores a cuatro años de cárcel y a una multa de más de 14,2 millones de euros. Cuatro de ellos recurrieron ante el TSJA: la sala ha rechazado las alegaciones de tres y ha estimado las del acusado que había sido arrestado a mayor distancia del lugar donde se descargaba la droga.
En su recurso, este último aseguró que había acudido al estero para comprobar y recoger unas pequeñas redes que tenía colocadas, pese a la lluvia y a las condiciones meteorológicas adversas. Negó que estuviera realizando labores de vigilancia para las personas que participaron en el desembarco del hachís.
El recurrente también argumentó que ningún agente lo había visto a bordo de la embarcación ni descargando los fardos. Añadió que tenía una mano escayolada, circunstancia que, según su defensa, le impedía participar en esas tareas.
El TSJA diferencia su situación de la del resto de procesados y centra su decisión en la falta de pruebas de cargo que permitan vincularlo con el alijo. “Por peregrina y escasamente convincente que pueda parecer la versión del apelante, posee razón para asegurar que no existió prueba suficiente para su condena”, señala la sentencia al acordar su absolución.


