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Sáb. May 4th, 2024

El TSJA confirma la absolución a un acusado de malos tratos y abuso sexual al no quedar demostrado

09/01/2024 Sede TSJA en Granada. POLITICA

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que absuelve a un hombre acusado de los delitos de malos tratos y abuso sexual contra su pareja en Jerez de la Frontera, al no quedar demostrado ninguno de los episodios que la mujer relató como hechos delictivos.

Según la sentencia, recogida por Europa Press, el acusado mantuvo una relación con la mujer entre abril de 2016 y julio del 2019, teniendo un hijo en común nacido en 2017. La Audiencia Provincial señala en su sentencia que no queda acreditado trato vejatorio y ninguno de los hechos denunciados por la mujer.

Además, indica que la mujer presenta antecedentes de trastornos psiquiátricos, como bulimia nerviosa, trastorno de personalidad tipo límite, inestabilidad emocional y crisis de ansiedad, por las que estaba siendo tratada desde mucho tiempo antes de que iniciara la relación con el procesado.

Tras quedar absuelto el acusado, la acusación particular presentó recurso alegando error en la valoración de las pruebas por omisión del debido razonamiento sobre algunas de las pruebas practicadas y falta de racionalidad de la motivación fáctica de la sentencia, solicitnado la nulidad de la sentencia y un nuevo juicio.

El TSJA ha desestimado el recurso y ratificado la sentencia de absolución al considerar que la Audiencia «cumplió satisfactoriamente su deber de motivación y, al tiempo, satisfizo el derecho a la tutela judicial efectiva que asiste a las partes, compadeciéndose los razonamientos de la sentencia con las reglas de la lógica, sin que puedan calificarse de arbitrarios».

Además, añade que «realizó una correcta ponderación de todas las pruebas de cargo aportadas por las acusaciones y ofreció una fundada respuesta a la pretensión condenatoria formulada, concluyendo que existían dudas racionales sobre la existencia de los hechos, por lo que se vio abocada a dictar una sentencia absolutoria».

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