El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de cuatro años y ocho meses de prisión y la multa de 2,5 millones de euros impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz en su sección de Algeciras (Cádiz) para un hombre y una mujer por un delito de blanqueo de capitales procedentes de actividades relacionadas con el narcotráfico.
La sentencia, recogida por Europa Press, da por probado que durante los años 2013 a 2018 el matrimonio procedió a la transformación e introducción en el circuito legal de 1.008.852,11 euros procedentes de actividades de narcotráfico.
Según los antecedentes de hechos de la sentencia, entre los años 2013 a 2018 el matrimonio adquirieron tres viviendas en el municipio de La Línea por importes de entre 60.000 a 90.000 euros que pagaron en metálico. De todas ellas abonaron un total de 9.289,39 euros en impuestos. Además, entre los años 2014 a 2017 los acusados declararon unos ingresos por actividad económica de 25.051,74 euros.
El dinero empleado por los acusados provenía de las actividades delictivas relacionadas con el narcotráfico del acusado, quién empleaba a su esposa para la adquisición de los bienes y servicios y de esta forma conseguir transformar sus ganancias ilícitas, dificultando el origen de dicho dinero.
El hombre ya había sido detenido en julio de 2012 y condenado como responsable de un delito de tráfico de drogas, en unas actuaciones instruidas por la Guardia Civil de Ceuta y en las que se procedió a la aprehensión de más de 1.000 kilos de hachís. Además, entre los años 2007 a 2017 al acusado le constan un total de 49 identificaciones con personas, vehículos y embarcaciones relacionadas con el narcotráfico.
En 2018, el domicilio de la pareja en La Línea fue sometido a vigilancia policial, constatándose que a la citada vivienda acudían en diversas ocasiones personas relacionadas con el mundo del narcotráfico, culminando con su detención y la incautación de teléfonos móviles, vehículos, dinero y otros efectos hallados en el registro.
Los acusados apelaron al TSJA la sentencia de la Audiencia Provincial alegando que no exitían indicios suficientes para determinar la procedencia ilítica del dinero y de sus bienes patrimoniales ya que estos venían de lo obtenido por su trabajo y por varios sorteos de la ONCE que alegaban haber ganado.
No obstante, el tribunal ha rechazado en su sentencia las apelaciones y ha ratificado la condena impuesta por la sección de Algeciras de la Audiencia Provincial de Cádiz de cuatro años y ocho meses de prisión y la multa de 2,5 millones de euros, declarando de oficio las costas de esta segunda instancia.