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Jerez y Costa Noroeste

El TSJA confirma nueve años y nueve meses de prisión para un hombre por maltrato a su pareja en Sanlúcar

El tribunal ratifica la condena por maltrato, detención ilegal y obstrucción a la justicia, tras años de violencia y amenazas contra la víctima

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a nueve años y nueve meses de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz a un hombre por delitos de maltrato, detención ilegal, quebrantamiento de medida cautelar y obstrucción a la justicia cometidos contra su pareja en Sanlúcar de Barrameda.

La relación entre el acusado y la víctima se extendió entre 2011 y 2020, período durante el cual tuvieron una hija. En julio de 2017, un auto judicial impuso al hombre la prohibición de acercarse a su pareja a menos de 200 metros, medida que incumplió en varias ocasiones, llegando a agredirla en domicilios de amigas o incluso en su propia vivienda, delante de su hija.

Posteriormente, mientras se encontraba en prisión, el acusado contactó con la víctima a través del teléfono de su madre, alegando querer hablar con su hija, y la amenazó para que no declarara en su contra en juicio, diciendo «te juro que te mato». Según la sentencia, estas amenazas provocaron en la mujer una situación de angustia que la llevó a solicitar medidas cautelares y acogerse a la dispensa durante el juicio, lo que inicialmente permitió que el acusado quedara absuelto de algunos cargos.

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Tras salir de prisión, la pareja retomó la relación, pero entre abril de 2019 y septiembre de 2020 el hombre continuó ejerciendo violencia de forma reiterada. La sentencia señala que insultaba a la víctima, controlaba su móvil, sus amistades y su vestimenta, y en un episodio llegó a encerrarla en la vivienda, retirándole las llaves. La mujer pudo escapar solo cuando el agresor se quedó dormido y llamó a la Policía.

La Audiencia Provincial de Cádiz condenó al acusado a un año y medio de prisión por dos delitos de maltrato físico, dos años y medio por obstrucción a la justicia, nueve meses por quebrantamiento de medida cautelar, un año y nueve meses por maltrato habitual, nueve meses por maltrato físico agravado y cinco años por detención ilegal. Tras recurrir, el TSJA redujo la pena por detención ilegal a dos años y medio, ratificando el resto de la sentencia y dejando el total en nueve años y nueve meses de cárcel.

La resolución del TSJA subraya la gravedad de los hechos y la reiteración de la violencia, así como el impacto sobre la víctima, destacando la necesidad de proteger a las mujeres frente a cualquier forma de maltrato y garantizar el cumplimiento de las medidas judiciales. La sentencia también pone de relieve la importancia de la intervención judicial y policial en casos de violencia de género para salvaguardar la integridad de las víctimas y de sus familiares.

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