El TSJA ordena repetir juicio de abuso sexual por contradicciones en la valoración de pruebas
La víctima recurrió la sentencia que condenaba al acusado a 24 meses de multa por un abuso cometido en 2019, señalando contradicciones en la valoración de su testimonio y pruebas.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz y ha ordenado repetir el juicio por un caso de abuso sexual ocurrido en 2019 en La Línea de la Concepción. La decisión responde a las contradicciones en la valoración de las pruebas presentadas durante el juicio, especialmente en relación con el testimonio de la víctima.
En la sentencia original, el acusado fue condenado a 24 meses de multa con una cuota diaria de seis euros por abusar sexualmente de su hija de 19 años, en septiembre de 2019, tras regresar de su turno laboral. El tribunal de primera instancia solo consideró los hechos ocurridos en 2019, sin valorar adecuadamente otro episodio previo, en 2012, también señalado por la víctima durante el juicio.
El TSJA ha argumentado que la sentencia de la Audiencia Provincial no justificó adecuadamente su decisión de desestimar el testimonio de la víctima sobre el abuso de 2012, mientras que sí dio validez al testimonio de 2019. Según el alto tribunal, ambos relatos fueron presentados con la misma claridad y consistencia, por lo que la diferencia de tratamiento entre ambos episodios carece de justificación lógica.
La víctima había declarado que, además del abuso en 2019, también había experimentado conductas inapropiadas por parte de su padre durante su adolescencia, aunque no las había identificado inicialmente como abusos sexuales. Esta falta de coherencia en la valoración de los testimonios, según el TSJA, ha llevado a la nulidad del juicio y a la orden de celebrar un nuevo proceso judicial, en el que se deberá valorar correctamente todas las pruebas presentadas.
El TSJA también señaló que la sentencia de la Audiencia Provincial no explicó de manera adecuada las pruebas periféricas que podían corroborar la versión de la víctima y que, en su lugar, se emitieron juicios negativos sobre la credibilidad de sus relatos.
Con esta decisión, el TSJA ha estimado el recurso presentado por la víctima, concluyendo que la sentencia original adolece de “falta de racionalidad” y omite “todo razonamiento sobre algunas de las pruebas practicadas”, lo que obliga a celebrar un nuevo juicio con una nueva composición del tribunal.