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El TSJA ratifica casi cuatro años de cárcel para una mujer por vender droga en una vivienda de El Puerto

El TSJA confirma la condena de tres años y nueve meses de prisión a una mujer por vender droga en una casa de El Puerto de Santa María tras desestimar el recurso de la defensa.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz que condena a una mujer a tres años y nueve meses de prisión por un delito contra la salud pública, al considerar probado que vendía sustancias estupefacientes desde una vivienda situada en El Puerto de Santa María.

La resolución judicial confirma íntegramente la condena impuesta en primera instancia, después de que la defensa de la acusada interpusiera un recurso alegando un supuesto error en la valoración de la prueba. El alto tribunal andaluz ha rechazado estos argumentos y ha avalado los hechos declarados probados por la Audiencia Provincial.

Según recoge la sentencia, entre los meses de mayo y junio de 2021 la vivienda fue objeto de un seguimiento policial continuado, durante el cual se detectaron hasta nueve transacciones de venta de droga a terceros. Las sustancias comercializadas eran papelinas de cocaína, heroína y una mezcla de ambas conocida como “rebujito”.

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Como consecuencia de la investigación, la Policía llevó a cabo una entrada y registro en el domicilio, donde se incautaron diversos objetos relacionados con la actividad delictiva. En el interior de la vivienda se localizó una máquina para detectar billetes falsos, dos katanas y un total de 2.224 euros en efectivo, cantidad que, según la resolución judicial, procedía de la venta de droga.

Tras la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz, la defensa recurrió ante el TSJA alegando que no existía una prueba directa de que las sustancias estupefacientes intervenidas a los compradores hubieran sido vendidas por la acusada. En este sentido, argumentó que no se le intervino droga en su poder y que ningún agente policial presenció de forma directa la entrega de las papelinas.

La defensa sostuvo también que en el bloque de viviendas donde residía la acusada viven numerosos vecinos y que se trata de una zona frecuentada por consumidores de droga, por lo que consideraba imposible determinar con certeza a qué vivienda se dirigían los compradores seguidos por la Policía.

Sin embargo, el TSJA ha desestimado el recurso y ha considerado que la valoración de la prueba realizada por la Audiencia Provincial fue correcta y suficientemente motivada. El tribunal ha dado validez al conjunto de indicios aportados durante la instrucción y al seguimiento policial llevado a cabo durante el periodo investigado.

La sentencia subraya que la reiteración de las transacciones observadas, junto con el resultado del registro domiciliario y el dinero intervenido, constituyen elementos probatorios suficientes para acreditar la actividad de venta de droga desde la vivienda de la acusada.

Con esta resolución, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía pone fin a la vía de recurso ordinaria y confirma la condena de tres años y nueve meses de prisión por un delito contra la salud pública, además de las responsabilidades penales derivadas del caso.

El fallo reafirma la actuación de los tribunales provinciales en la persecución del tráfico de drogas a pequeña escala desarrollado desde domicilios particulares, una práctica que genera un impacto directo en la seguridad y la convivencia en los entornos residenciales.

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