Otra sección del mismo tribunal rechaza esta misma medida para el municipio granadino de Montefrío
La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado el confinamiento de los municipios gaditanos de Bornos y Villamartín desde el día 9 de mayo hasta el día 15 de mayo, ambos inclusive. Otras secciones de este tribunal han valorada las mismas medidas solicitadas por la Consejería de Salud y Familias, ratificándola en el caso del municipio cordobés de Castro del Río y rechazándolas para el municipio granadino de Montefrío.
De este modo, secciones distintas del mismo tribunal han resuelto de manera dispar la medida planteada por el Gobierno Andaluz.
En el auto correspondiente a los municicipios gaditanos, el tribunal recalca que «los derechos fundamentales puden ser objeto de restricciones en función de situaciones de conflicto con otros bienes e intereses constitucionales merecedores de protección y tutela». En este caso el tribunal aprecia «la debida proporcionalidad de las medidas, en cuanto imprescindibles para garantizar la salud pública de los municipios».
Recalca el auto, además, no se trata «de una restricción de movilidad absoluta, pues se recoge un catálogo de supuestos en los que se permite el desplazamiento». Entiende el tribunal, finalmente, «debe prevalecer el derecho a la salud ante el alto poder de contagio y el grave riesgo para la salud pública de la ciudadanía».