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El TSJA ratifica la condena de 13 años y medio por maltrato y violación en Jerez

El TSJA ratifica la condena de 13 años y medio impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz a un hombre reincidente por coacciones, maltrato habitual, lesiones y agresión sexual contra su pareja durante dos meses en Jerez de la Frontera.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de 13 años y medio de prisión impuesta a un hombre por maltratar y violar a su pareja en Jerez de la Frontera. El alto tribunal andaluz desestima así el recurso presentado contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz.

Los hechos se remontan al periodo comprendido entre octubre y diciembre de 2021, cuando el condenado mantuvo una relación con la víctima. Durante esos dos meses, según considera probado la sentencia, el acusado ejerció violencia física y psicológica continuada, además de agredirla sexualmente en reiteradas ocasiones.

La Audiencia de Cádiz lo condenó por delitos de coacciones, maltrato habitual en el ámbito familiar, lesiones en el contexto de violencia sobre la mujer y un delito continuado de agresión sexual. El tribunal tuvo en cuenta, además, que el acusado era reincidente, ya que había sido condenado anteriormente en Melilla por un delito de maltrato.

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De acuerdo con la resolución judicial, al inicio de la relación ambos convivieron en la vivienda de la madre de la víctima. Posteriormente residieron en un albergue municipal, en una obra situada en una calle de Jerez, en una vivienda compartida con otra pareja y, finalmente, regresaron a la obra donde permanecieron varios días.

Durante ese tiempo, el hombre golpeó con frecuencia a la mujer en distintas partes del cuerpo. La sentencia recoge agresiones con puñetazos y bofetadas, así como golpes con la culata de una pistola y con un palo. También la amenazaba exhibiéndole una catana y un arma de fuego, con la finalidad de forzarla a permanecer con él e impedir que abandonara el lugar en el que convivían.

En uno de los episodios descritos en la resolución, ocurrido mientras residían en la vivienda compartida, el acusado la agarró por el pelo y le propinó puñetazos en la cabeza, la cara, las piernas y las plantas de los pies. Además, utilizó un cuchillo con el que le causó cortes en la oreja y en las manos, al tiempo que la amenazaba de muerte y le decía que le cortaría la cara.

La Audiencia consideró probado también que el acusado la violó en diferentes ocasiones durante la relación. La víctima denunció los hechos y el hombre fue detenido el 15 de diciembre de 2021. Ingresó en prisión provisional hasta junio de 2022, cuando quedó en libertad con la prohibición de acercarse a menos de 200 metros de la mujer.

La defensa recurrió la sentencia ante el TSJA alegando vulneración del derecho a la presunción de inocencia y error en la valoración de la prueba. Sin embargo, el alto tribunal andaluz ha rechazado estos argumentos y ha confirmado íntegramente la condena.

En su resolución, el TSJA sostiene que la valoración probatoria realizada por la Audiencia Provincial fue “racional y fundamentada”. Además, señala que no consta ningún elemento objetivo que permita considerar que el testimonio de la víctima estuviera guiado por ánimo de perjudicar al acusado u otro motivo espurio.

El tribunal añade que la declaración de la mujer aparece corroborada por otras pruebas practicadas durante el juicio, lo que refuerza su credibilidad. Con esta decisión, la sentencia adquiere firmeza en el ámbito autonómico, al quedar confirmada por la máxima instancia judicial andaluza.

La resolución se enmarca en la respuesta judicial a los delitos de violencia de género en la provincia de Cádiz, donde los órganos judiciales mantienen protocolos específicos para la atención y protección de las víctimas.

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