El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado a la mitad la condena de la Audiencia Provincial de Cádiz que sentenció a un hombre a una pena total de diez años y medio de prisión tras irrumpir en una fiesta y agredir a varias personas en Chipiona, llegando a apuñalar a dos de ellas.
Así, tras suprimir la circunstancia agravante de abuso de superioridad y aceptar las circunstancias atenuantes de reparación del daño muy cualificada y la analógica a la intoxicación etílica, ha pasado de una condena total de diez años y medio a seis años y cuatro meses.
Según la sentencia, recogida por Europa Press, los hechos se remontan a septiembre de 2017 cuando uno de los agredidos había organizado una fiesta en una finca para amigos y empleados. En un momento del día, el acusado apareció en la fiesta y discutió con su pareja, empleado del organizador del evento.
Este hecho hizo que hubiera un primer encontronazo entre ambos, con golpes y mordiscos por parte del acusado que, tras abandonar el lugar, volvió a las horas «portando una cadena de pitón y una barra de defensa extensible», con la que golpeó a varios invitados hasta que llegó al organizador de la fiesta, a quien «clavó varias veces un cuchillo de grandes dimensiones», hasta que la víctima «agarró un palo de golf y le propinó un fuerte golpe en la cabeza para impedir que continuara con sus acometidas y librarse de esa forma de la agresión».
Esta defensa de la víctima ha servido para aceptar que no hubo «abuso de superioridad» tal y como recoge la sentencia de la Audiencia, ya que según el TSJA, «el determinante desequilibrio de fuerzas que detecta la sentencia recurrida se diluye en tanto la víctima tenía a su alcance palos de golf, y de hecho asió uno de ellos y se valió del mismo para defenderse legítimamente golpeando con fuerza al agresor en la cabeza», por lo que «debe excluirse la aplicación de la circunstancia de abuso de superioridad».
Así, el delito de intento de homicidio ha pasado de cinco a dos años y ocho meses, mientras que en el delito de lesiones con uso de instrumento peligroso, el TSJA aprecia la concurrencia de las circunstancias atenuantes de reparación del daño muy cualificada y la analógica a la intoxicación etílica e impone por cada uno de ellos la pena de un año y un mes, rebajando los dos por cada uno que había impuesto la Audiencia.
Por su parte, el alto tribunal ha confirmado el tercer delito que pesa sobre el acusado, que lo condena a un año y medio de prisión por un delito de tenencia de armas prohibidas.