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El TSJA rechaza una indemnización por secuela lumbar de 116.271 euros tras una operación

Redacción 14 octubre, 2026 2 minutos de lectura

El tribunal considera que la indemnización por secuela lumbar no procede porque la lesión del nervio peroneo era un riesgo frecuente, previsible y recogido en el consentimiento informado.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la denegación de una indemnización por secuela lumbar de 116.271,54 euros reclamada por una paciente que atribuía sus lesiones a una deficiente asistencia sanitaria durante una intervención quirúrgica practicada el 20 de febrero de 2018.

La operación consistió en una fijación mínimamente invasiva transpedicular de las vértebras L5-S1. Tras la intervención, la paciente presentó un cuadro de algias postraumáticas con compromiso radicular y paresia, además de una lesión incompleta del nervio peroneo común.

La recurrente sostenía que estas secuelas eran consecuencia de una mala praxis médica. En su recurso alegó que antes de someterse a la intervención sufría una lumbalgia que se irradiaba hacia el pie derecho, mientras que después de la operación los síntomas pasaron a manifestarse en el lado izquierdo.

El TSJA ha desestimado esa argumentación y ha confirmado la decisión que rechazó la compensación económica. La resolución considera que la paresia del nervio peroneo, también denominado ciático poplíteo externo, constituye una complicación frecuente derivada de este tipo de cirugía lumbar.

El tribunal señala asimismo que ese riesgo figuraba en el documento de consentimiento informado firmado por la propia paciente antes de la operación. A partir de este elemento, la sentencia concluye que la lesión sufrida era una secuela previsible e inherente a la intervención quirúrgica.

La existencia de la secuela, por tanto, no ha sido considerada suficiente para acreditar una asistencia sanitaria deficiente ni para reconocer el derecho a la indemnización solicitada. El razonamiento judicial se centra en que la complicación estaba asociada al procedimiento y había sido incluida entre los riesgos sobre los que fue informada la paciente.

La reclamación ascendía exactamente a 116.271,54 euros y estaba vinculada tanto a los dolores postraumáticos con afectación radicular y paresia como a la lesión incompleta del nervio peroneo común. La demandante relacionaba este cuadro clínico con el cambio en la localización de los síntomas experimentado después de la cirugía.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía todavía no es firme. La resolución puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.