El plazo de solicitud estará abierto del 18 al 29 de septiembre para empresas con sede social en Andalucía
La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo ha convocado una línea de subvenciones para que empresas con sede social en Andalucía, que cuenten con un mínimo de 10 y un máximo de 49 personas trabajadoras, soliciten ayudas para la elaboración de planes de igualdad.
En concreto, el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) del viernes 15 de septiembre, recoge la resolución de dichas ayudas, que corresponden a la línea 7 regulada por la Orden de 5 de octubre de 2020, que aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.
La orden reguladora de la Consejería de Empleo aprobada en octubre del 2020 contempla hasta nueve líneas distintas de ayudas destinadas a cubrir un amplio abanico de posibilidades, desde el trabajo a distancia y el cuidado de menores y de personas en situación de dependencia, hasta la promoción de actividades lúdicas extraescolares por parte de las corporaciones locales.
Las subvenciones de la Línea 7 convocada ahora, con un presupuesto de 150.000 euros, tiene como objetivo fomentar que aquellas empresas que no estén obligadas por la normativa vigente a tener un plan de igualdad, también lo implanten.
La línea de ayudas convocada está destinada a empresas, independientemente del sector de actividad al que pertenezcan, que cuenten con un número de personas trabajadoras de entre 10 y 49 personas, siendo objeto de subvención los planes de igualdad elaborados en los términos exigidos para los planes legalmente obligatorios y que sean inscritos en el Registro de Planes de igualdad.
En este sentido, los proyectos deben tener en consideración el contenido mínimo establecido para los planes de igualdad en el artículo 8 del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro, y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
Resultan subvencionables gastos de personal cuando en la elaboración del plan de igualdad participen recursos propios de la empresa solicitante, así como gastos derivados de la prestación de servicios de consultoría o asistencia técnica cuando en la elaboración del plan de igualdad se cuente con el apoyo y el asesoramiento de personas expertas en materia de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.
Hasta 6.000 euros por proyecto
La cuantía de estas ayudas puede alcanzar los 6.000 euros por proyecto y el plazo de ejecución de las actividades se establece desde la fecha de presentación de la solicitud de la subvención, hasta la fecha de finalización del plazo de ejecución que se establezca en la resolución de concesión para cada proyecto.
El plazo de solicitud de estas ayudas se prolongará hasta el próximo 29 de septiembre, y las solicitudes, que se tramitan en régimen de concurrencia no competitiva, deberán registrarse necesariamente de manera telemática, a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo continúa apostando firmemente por reforzar las políticas favorecedoras de la igualdad de oportunidades en el entorno laboral y de la conciliación de la vida laboral, familiar y personal, promoviendo la mejora de la empleabilidad de las mujeres y de colectivos con especiales dificultades, su seguridad y bienestar laboral y la implantación de planes de igualdad en las empresas, incluyendo las no obligadas a implantar un plan de igualdad por la normativa vigente al contar con menos de cincuenta personas trabajadoras.
El desarrollo de las políticas de igualdad en las empresas encuentra en los planes de igualdad el principal instrumento que posibilita integrar la igualdad en las relaciones laborales y en todos los ámbitos de gestión de las organizaciones y así avanzar hacia la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.