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Entra en vigor la zona de bajas emisiones en Cádiz con multas de 200 euros y un periodo transitorio sin sanciones

La ordenanza de la zona de bajas emisiones en Cádiz, ya publicada en el BOP, fija restricciones en el centro histórico y parte del paseo marítimo, aunque el Ayuntamiento dispondrá de seis meses para señalización y campaña informativa antes de empezar a multar.

La zona de bajas emisiones en Cádiz ya es una realidad normativa. El Boletín Oficial de la Provincia (BOP) ha publicado la ordenanza que regula esta área restringida al tráfico en el centro histórico y en parte del paseo marítimo, y que contempla sanciones de 200 euros para los vehículos que accedan o estacionen sin autorización.

No obstante, el Ayuntamiento contará con un plazo de seis meses para instalar la señalización necesaria, adaptar el sistema informático y desarrollar una campaña informativa dirigida a la ciudadanía. Durante ese periodo no está prevista la imposición de multas, según han indicado fuentes municipales.

La ordenanza establece que el acceso, circulación y estacionamiento en la zona de bajas emisiones (ZBE) estará condicionado a la inscripción en un registro municipal de vehículos autorizados, que deberá solicitarse expresamente por las personas interesadas.

Dos zonas delimitadas

La ZBE se divide en dos ámbitos. Por un lado, el centro histórico, cuyo perímetro excluye la ronda de circunvalación que lo rodea, incluyendo vías como el Paseo de Carlos III, la avenida del Puerto, la avenida Campo del Sur o la Cuesta de las Calesas.

Por otro, afecta a una parte del paseo marítimo, concretamente el tramo comprendido entre la plaza Ana Orantes y la calle Caracolas, así como las calles situadas entre el paseo y las avenidas Cayetano del Toro y Periodista Beatriz Cienfuegos.

Vehículos permitidos

Podrán acceder libremente los vehículos con distintivo ambiental 0 y ECO de la Dirección General de Tráfico (DGT), además de bicicletas y vehículos de movilidad personal (VMP).

También estarán autorizados los vehículos sin distintivo o con etiqueta B o C cuando pertenezcan a los servicios de Prevención y Extinción de Incendios, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Protección Civil y ambulancias.

La ordenanza permite asimismo el acceso a los vehículos cuyo domicilio fiscal esté en el término municipal de Cádiz y que abonen en la ciudad el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, así como a aquellos que hayan solicitado su inclusión en el registro municipal habilitado al efecto.

Limitaciones progresivas

El texto introduce un calendario de restricciones progresivas. A partir del 1 de enero de 2035, no podrán entrar en la ZBE los vehículos que no dispongan de etiqueta 0 o ECO de la DGT, salvo las excepciones previstas.

Además, se fija un régimen transitorio durante los dos primeros años desde la puesta en funcionamiento efectiva de la ZBE para vehículos que no tengan domicilio fiscal en Cádiz.

Durante el primer año podrán acceder aquellos que cuenten con etiqueta 0, ECO o C. A partir del segundo año, el acceso quedará limitado a vehículos con etiqueta 0 o ECO que no paguen el impuesto de circulación en la ciudad.

Multas y reincidencia

El incumplimiento de la ordenanza conllevará una sanción económica de 200 euros. En caso de reincidencia —cuando en el plazo de un año se haya cometido más de una infracción de la misma naturaleza y exista resolución firme— la multa podrá incrementarse en un 30%.

La norma también regula el funcionamiento de los aparcamientos públicos situados dentro de la zona de bajas emisiones en Cádiz. Estos estarán obligados a informar en tiempo real sobre la disponibilidad de plazas mediante letreros luminosos situados en el perímetro de la ZBE, en los principales accesos.

Además, deberán comunicar al Ayuntamiento las matrículas de los vehículos que accedan a sus instalaciones en un plazo máximo de siete días naturales desde su entrada, a través del procedimiento habilitado para ello.

Medidas excepcionales

La ordenanza contempla la posibilidad de aplicar restricciones adicionales en caso de episodios de alta contaminación atmosférica, pudiendo limitar el acceso a otros tipos de vehículos o ampliar las áreas afectadas. Estas medidas tendrán una duración vinculada al episodio que las motive y no podrán superar los tres meses, prorrogables hasta un máximo de un año.

También se prevé la suspensión temporal de la ZBE cuando concurran motivos excepcionales de interés público, previo informe técnico que lo justifique. En ese caso, la suspensión no podrá prolongarse más de tres meses, aunque podrá prorrogarse por periodos similares.

Con la publicación en el BOP, el Ayuntamiento inicia ahora la fase de implantación práctica de la zona de bajas emisiones en Cádiz, una medida que transformará la regulación del tráfico en buena parte del casco histórico y del frente litoral de la ciudad.

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