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Jue. Nov 7th, 2024

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía advierte sobre prácticas que podrían ser objeto de reclamación en establecimientos de restauración

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha emitido un recordatorio dirigido a los establecimientos de restauración, señalando una serie de prácticas ilegales que podrían ser objeto de reclamación o denuncia ante Consumo. Estas prácticas abarcan aspectos relacionados con la información sobre la carta, los precios, las propinas, las reservas, la factura y la forma de pago.

Entre las irregularidades destacadas, se subraya que la información sobre la carta no puede ofrecerse exclusivamente a través de códigos QR, ya que no todas las personas cuentan con dispositivos compatibles para acceder a ellos. Este método debe ser considerado como complementario a las cartas físicas, las cuales deben exhibir la información en castellano de manera clara y accesible.

Asimismo, se insiste en que los precios en la carta deben ser completos e incluir los impuestos (IVA), y cualquier producto fuera de carta debe tener su precio informado previamente de forma clara y visible, sin utilizar expresiones ambiguas como «precio según mercado». Además, para ciertos productos como charcutería o mariscos, se deben ofrecer precios por unidades de peso o por unidades específicas, respectivamente.

En cuanto a las reservas, se prohíbe cobrar una cantidad suplementaria por realizarlas por teléfono, y el establecimiento puede solicitar un pago por adelantado, el cual debe ser descontado del precio final. Es ilegal también obligar a los clientes a consumir únicamente agua embotellada, ya que se debe ofrecer agua no envasada de forma gratuita.

En relación con las propinas, se recalca que su pago es voluntario y que no se puede aprovechar el concepto de «cobro por servicio» para hacer obligatorio el pago de propinas. Del mismo modo, no se puede cobrar por separado el concepto de cubierto o servicio, ya que estos deben estar incluidos en el precio completo del servicio de restauración.

Respecto a la forma de pago, los establecimientos no pueden imponer únicamente el pago con tarjeta ni negarse a aceptar el pago en efectivo. Además, cobrar una comisión por el uso de tarjeta de crédito es considerado una práctica ilícita.

Por último, se establece que la factura debe desglosar todos los productos consumidos, y se prohíbe ofrecer «chupitos cortesía de la casa» que no estén debidamente envasados y etiquetados.

Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, se recomienda contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento disponible a través de diversos canales de comunicación.

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