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Sáb. Abr 20th, 2024

La justicia anula el Convenio Colectivo del personal de limpieza del Puerta del Mar

El juzgado de lo Social número 3 de Cádiz anuló la semana pasada el Convenio Colectivo del personal de limpieza del Hospital Universitario Puerta del Mar, según informa el sindicato Autonomía Obrera (AO) en su página web.

El convenio había sido denunciado por el propio sindicato AO al ser apartada de la negociación por la empresa adjuditaria del servicio, UTE LISAN, que acordó las claúsulas del mismo con las secciones sindicales de UGT y CCOO únicamente.

La sentencia, que no es firme y podrá ser recurrida ante el TSJA, es de aplicación inmediata por lo que los trabajadores afectados se tendrán que regir desde ya por el convenio anterior, el de los años 2013-2014.

Según la versión de AO el conflicto se remonta a 2014, cuando el Servicio Andaluz de Salud convocó un corcurso público para externalizar la limpieza de los hospitales Puerta del Mar y Puerto Real por algo menos de 19 millones de euros, un 18% menos del coste real del servicio según AO. La empresa adjucataria, UTE LISAN, se adjudicó el contrato por unos 17,5 millones de euros, lo que para el sindicato supuso un 24% menos que el coste.

La nueva empresa trató de negociar un nuevo convenio que eliminase la obligatoriedad de contar con una plantilla mínima de 161 trabajadores, una propuesta que fue rechazada por el Comité de Empresa por el estrecho margen de 5 votos en contra (4 de AO y 1 de CCOO) por 4 favorables (2 de CCOO y  de UGT). La derrota de la adjudicataria supuso que la empresa continuase las negociaciones no con el Comité de Empresa, si no con las secciones sindicales de UGT y CCOO, apartando a los delegados de AO.

El acuerdo alcanzado sin la participación de AO contemplaba la eliminición de la referencia de disponer de una plantilla mínima de 161 trabajadores (119 de jornada completa y 42 a tiempo parcial), la congelación salarial, además de posponer hasta el 1 de enero de 2018 la obligatoriedad de cubrir las vacantes de forma automática, claúsula que fue modificada posteriormente para retrasar esta obligatoriedad hasta 2019.

El nuevo covenio ha supuesto, según la versión de AO, la pérdida de un 25% de los puestos de trabajo, con el consiguiente deterioro del servicio e incremento de la carga de trabajo, con jornadas de 10 horas en sábados y domingos para el personal eventual.

La sentencia, por tanto, supondrá por el momento la obligación de incrementar la plantilla hasta los 161 trabajadores, el incremento de los salarios en un 13% con respecto a los que se venían cobrando en 2015 y una jornada laboral única de 7 horas diarias.

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