La Policía Local interviene 30 jilgueros en La Línea a un conductor sin acreditación de criador
Los 30 jilgueros en La Línea carecían de anillas identificativas y el conductor no presentó factura de compra ni datos del supuesto vendedor de las aves

La Policía Local de La Línea de la Concepción ha intervenido 30 jilgueros que eran transportados en un vehículo cuyo conductor carecía de acreditación como criador. Las aves tampoco tenían las anillas identificativas exigidas para acreditar su procedencia legal.
La actuación se produjo durante un control rutinario de identificación de personas y vehículos realizado por agentes de la Unidad de Respuesta Inmediata. Según la información difundida por el Ayuntamiento linense, el conductor manifestó que había comprado los pájaros a un particular.
El hombre, sin embargo, no aportó ninguna factura que justificara la operación ni facilitó datos sobre el supuesto vendedor. Ante la falta de documentación y de anillado de los ejemplares, los agentes levantaron un acta de incautación de los 30 jilgueros en La Línea y pusieron los hechos en conocimiento de la autoridad judicial.
La tenencia de ejemplares de origen silvestre sin acreditación legal o sin una anilla cerrada homologada puede constituir una infracción administrativa. La compra y la venta de estas aves también están prohibidas cuando proceden directamente del medio natural, de acuerdo con la normativa aplicable.
El Ayuntamiento señala que los hechos podrían encajar, además, en un supuesto delito contra la flora y la fauna. Este tipo penal puede conllevar penas de prisión, multa e inhabilitación especial, en función de las circunstancias que se determinen durante la tramitación del caso.
Entre las normas que regulan estas conductas figura la Ley 8/2003 de la Flora y la Fauna Silvestres de Andalucía. Esta legislación establece el régimen de protección de las especies silvestres en la comunidad autónoma y prohíbe su captura o tenencia fuera de las excepciones expresamente autorizadas.
También resulta de aplicación la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales, que prohíbe en el conjunto del Estado la tenencia, cría y comercio de aves fringílidas capturadas directamente en el medio natural. Los jilgueros pertenecen a este grupo de aves.
A esta regulación se suma la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Esta norma impide la caza y el comercio de estas aves al no estar consideradas especies cinegéticas.
La captura de fringílidos en el campo queda limitada a supuestos excepcionales sujetos a controles y autorizaciones específicas. Entre ellos se encuentran determinadas prácticas de silvestrismo, para las que es necesario disponer de la correspondiente licencia. Fuera de esas excepciones, la procedencia legal de los ejemplares debe quedar acreditada mediante la documentación y los sistemas de identificación establecidos.


