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Las Zambombas de Jerez podrán celebrarse del 20 de noviembre al 25 de diciembre

Redacción 4 octubre, 2026 4 minutos de lectura

El bando de las Zambombas de Jerez diferencia las celebraciones que necesitan autorización municipal y fija plazos de 10 o 15 días hábiles para solicitarla

El Ayuntamiento de Jerez ha aprobado el bando que regula la celebración de las Zambombas de Jerez entre el 20 de noviembre y el 25 de diciembre, ambos incluidos. La normativa distingue qué actividades pueden desarrollarse sin permiso municipal y cuáles necesitan autorización previa, además de establecer condiciones sobre ruido, horarios, aforo y ocupación de espacios públicos.

No requerirán autorización las zambombas organizadas en un ámbito familiar o privado. Tampoco será necesario solicitar permiso para las celebradas en centros de barrio cuando formen parte del programa de actividades aprobado por la Delegación Municipal de Participación Ciudadana y entre los objetivos de estas instalaciones figure la promoción de actividades sociales y culturales.

En estos casos, los recintos deberán cumplir las condiciones de seguridad exigidas y los límites de ruido establecidos en la Ordenanza contra la Contaminación Acústica.

El bando también exime de autorización específica a determinadas celebraciones en discotecas, salones de celebraciones, salas de fiestas, teatros y auditorios. Para ello, los establecimientos deberán contar con licencia o declaración responsable de apertura y mantener las condiciones recogidas en sus permisos, entre ellas las relacionadas con el aforo, los horarios y los niveles de emisión sonora.

Los establecimientos de hostelería con licencia o declaración responsable podrán organizar zambombas sin autorización adicional siempre que conserven su carácter tradicional y participativo. Se permitirá cantar villancicos a capela o con instrumentos tradicionales, pero la actividad no podrá transformarse en un espectáculo con escenario o equipos de amplificación.

Las terrazas de veladores vinculadas a estos negocios también podrán acoger zambombas populares sin un permiso específico para la celebración. Deberán disponer de licencia municipal y respetar el espacio delimitado en ella.

Sí necesitarán autorización las zambombas que incorporen actuaciones artísticas en establecimientos cuya licencia habitual no ampare este tipo de actividades. Este supuesto incluye las actuaciones de cantaores profesionales, artistas noveles o grupos de villancicos cuando los asistentes pasen a tener la consideración de público espectador.

El permiso será igualmente obligatorio si la celebración modifica la distribución habitual del local, altera sus características técnicas o incorpora instrumentos conectados a equipos de amplificación. Quedan al margen de este supuesto los espacios de ocio y esparcimiento y aquellos cuya licencia permanente ya permita actuaciones en directo.

También deberán solicitar autorización las entidades sociales, culturales, deportivas o religiosas sin ánimo de lucro que celebren zambombas en casas de hermandad, peñas flamencas, asociaciones vecinales o sedes deportivas, salvo cuando se trate de actos privados. La misma obligación se aplica a las actividades promovidas por empresas u otras entidades en sus establecimientos cuando no tengan carácter privado.

Las zambombas previstas en calles, plazas u otros espacios de dominio público necesitarán una autorización ocasional y un permiso expreso para ocupar el espacio. En estos lugares solo podrán autorizarse celebraciones populares promovidas por asociaciones religiosas, culturales, deportivas, vecinales, comerciales, hosteleras u otras entidades sin ánimo de lucro.

Las solicitudes para actividades en establecimientos deberán registrarse al menos diez días hábiles antes de la fecha prevista. Cuando la zambomba vaya a desarrollarse en un espacio abierto de la vía pública, el plazo mínimo será de quince días hábiles. Los formularios y la documentación para tramitar los permisos estarán disponibles en la página web municipal de Urbanismo.

El uso de sistemas de amplificación y equipos de reproducción sonora estará prohibido en las celebraciones realizadas en espacios públicos y en las terrazas incluidas en los supuestos regulados por el bando. Estas restricciones se suman a las condiciones generales sobre seguridad, aforo, horarios y contaminación acústica.

La normativa incorpora condiciones específicas para el centro histórico. Las instalaciones tendrán que integrarse en el entorno urbano y mantener una estética relacionada con la Navidad, evitando elementos que provoquen contaminación visual. El texto prohíbe expresamente luminarias como las luces de neón.

El Ayuntamiento volverá a organizar además el Concurso de Zambombas. Las bases serán aprobadas por la Delegación de Cultura e incluirán criterios relacionados con el mantenimiento de las formas tradicionales, la autenticidad, la ambientación navideña y la extensión de esta celebración por los barrios de la ciudad.

La Zambomba jerezana está reconocida como Bien de Interés Cultural y forma parte de la Navidad de Jerez, declarada Fiesta de Interés Turístico de Andalucía. El bando municipal busca ordenar las celebraciones durante un periodo en el que aumenta la actividad en establecimientos hosteleros, sedes de entidades y espacios públicos de la ciudad.