El Consejo de Ministros aprobó un real decreto ley que reforma el subsidio por desempleo el pasado 21 de mayo, culminando con la aprobación final por el Congreso el 20 de junio. Esta reforma introduce cambios significativos destinados a simplificar y mejorar el acceso a las ayudas, así como a ampliar los colectivos protegidos.
La nueva normativa, parte del Componente 23 del Plan de Recuperación, busca proporcionar mayor claridad y seguridad jurídica, especialmente a colectivos vulnerables con dificultades para acceder al mercado laboral.
Entre las novedades destacadas se encuentran la ampliación de los beneficiarios del subsidio por desempleo a menores de 45 años sin responsabilidades familiares, trabajadores agrarios eventuales, trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla, españoles retornados sin derecho a prestación contributiva, y mayores de 16 años víctimas de violencia de género o sexual.
Además, la reforma aumentará la cuantía mensual del subsidio en 90 euros, utilizando diferentes tramos del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM). También se introducirá el «Complemento de Apoyo al Empleo», que permitirá compatibilizar empleo y ayudas por desempleo durante un período máximo de 6 meses.
Otras medidas incluyen la acumulación del permiso de lactancia como derecho universal y la eliminación del mes de espera para solicitar el subsidio después de agotar el paro, entre otras disposiciones destinadas a simplificar trámites y reducir cargas administrativas.
La entrada en vigor general de la reforma está prevista para noviembre de 2024, mientras que las nuevas reglas de compatibilidad entre empleo y ayudas por desempleo comenzarán el 1 de abril de 2025.