TSJA rebaja a un año y tres meses la condena por intento de violación en Tarifa
El tribunal aplica la atenuante de dilación indebida y confirma la credibilidad del testimonio de la víctima en el caso ocurrido en 2020 en un chiringuito de Tarifa.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reducido a un año y tres meses de prisión la condena a un hombre por intento de violación sobre una mujer en un chiringuito de Tarifa, tras estimar parcialmente su recurso y aplicar la atenuante de dilación indebida. La sentencia inicial de la Audiencia Provincial de Cádiz, dictada en junio de 2024, imponía dos años y un mes de cárcel.
Los hechos ocurrieron en junio de 2020, cuando el acusado y la víctima se reunieron para comer y beber en un establecimiento de Tarifa. Durante la cita, el hombre se desnudó y se realizó tocamientos a sí mismo, lo que incomodó a la mujer, quien salió del local con la excusa de fumar. Al regresar, el acusado la sacó a la fuerza del local, le recriminó relaciones con otra persona, la abofeteó e intentó forzarla sexualmente, repitiendo el acto de desnudarse.
Testigos presenciales intervinieron en apoyo de la víctima y alertaron a la Policía Local, que detuvo al hombre poco después. Las pruebas de alcoholemia arrojaron 1,03 y 0,82 mg de alcohol por litro de aire espirado, confirmando que el acusado se encontraba bajo los efectos del alcohol.
En el juicio original, además del delito de violación en grado de tentativa con la atenuante de embriaguez, se le condenó por maltrato sin causar lesión a un mes y un día, con cinco años de libertad vigilada. La defensa recurrió alegando presunción de inocencia y dilación indebida.
El TSJA consideró que la Audiencia no vulneró el derecho a la presunción de inocencia, ya que la declaración de la víctima resultó «totalmente creíble» y la sentencia fue «razonable y lógica». Sin embargo, el tribunal estimó que existió una inactividad judicial de aproximadamente dos años durante las fases de investigación e intermedia, lo que retrasó el juicio oral y justifica la reducción de la pena.
La nueva condena aplica los atenuantes de embriaguez y dilación indebida, situando la pena por intento de violación entre nueve meses y un año y seis meses, fijándose finalmente en un año y tres meses de cárcel. En cuanto al delito de maltrato, se rebaja la pena a 15 días y se impone una multa de 105 euros.
El caso había atraído atención por el contexto de la relación entre la víctima y el acusado, quienes se conocieron en un centro de rehabilitación y convivieron algunas semanas durante la pandemia, manteniendo inicialmente relaciones consentidas que luego pasaron a ser amistosas. La Fiscalía destacó la gravedad del intento de violación y la necesidad de proteger los derechos de la víctima frente a la conducta agresiva del condenado.
El TSJA concluye que la reducción de la pena no afecta la credibilidad del testimonio de la víctima, sino que responde a la demora judicial injustificada en la tramitación del caso, reafirmando la importancia de garantizar plazos razonables en los procesos judiciales.
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