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Voto por correo en las elecciones andaluzas 2026: plazo abierto hasta el 7 de mayo

El voto por correo en las elecciones andaluzas 2026 puede solicitarse hasta el 7 de mayo y depositarse en oficinas de Correos hasta el 13 de mayo, según el calendario oficial para los comicios al Parlamento de Andalucía del 17 de mayo.

Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Andalucía han comenzado a enviar la documentación para el voto por correo en las elecciones andaluzas 2026, que se celebrarán el próximo 17 de mayo. El plazo para solicitar esta modalidad de voto permanece abierto hasta el 7 de mayo, mientras que el depósito del sufragio podrá realizarse hasta el 13 de mayo en cualquier oficina de Correos.

Desde el pasado 27 de abril, las personas que ya solicitaron el voto por correo están recibiendo en la dirección indicada la documentación electoral, que incluye el certificado de inscripción en el censo, sobres y papeletas de todas las candidaturas. El envío se realiza por correo certificado y urgente.

La entrega debe hacerse en mano al propio destinatario. El personal de Correos realiza al menos dos intentos de entrega en el domicilio indicado y, en caso de no localizar al elector, deja aviso para su recogida en la oficina correspondiente. En el momento de la entrega, el votante debe identificarse con DNI, pasaporte o permiso de conducir originales y firmar la recepción.

Las personas que deseen acogerse al voto por correo en las elecciones andaluzas 2026 pueden solicitarlo por dos vías. La primera es de forma telemática, a través de la web www.correos.es, utilizando un certificado digital reconocido o el DNI electrónico para acreditar la identidad. La segunda opción es presencialmente en cualquier oficina de Correos de España, donde el solicitante deberá identificarse con documentación original.

En caso de enfermedad o discapacidad que impida la gestión personal, la solicitud puede ser presentada por otra persona autorizada notarial o consularmente, previa acreditación médica oficial.

Una vez presentada y aceptada la solicitud por la Oficina del Censo Electoral, el elector no podrá votar de manera presencial en su mesa el día de las elecciones.

Si, tras solicitar el voto, el elector necesita cambiar la dirección de recepción de la documentación, puede solicitar su reexpedición a otra dirección o a una oficina de Correos. Para ello deberá facilitar el número de registro del envío, disponible en la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE), y realizar el trámite con antelación suficiente para garantizar la recepción a tiempo.

El plazo para depositar el voto por correo finaliza el miércoles 13 de mayo. La entrega debe realizarse personalmente en cualquier oficina de Correos, donde el votante tendrá que identificarse nuevamente con un documento oficial original.

En los casos en que el elector no pueda acudir personalmente a depositar el voto, podrá autorizar a otra persona mediante un escrito firmado, acompañado de la fotocopia de su documento de identidad y del documento identificativo de la persona autorizada. Sin esta autorización formal, Correos no admitirá la entrega de documentación electoral en nombre de un tercero.

El envío del voto puede seguirse mediante el localizador disponible en la web de Correos. Además, quienes lo deseen pueden facilitar un correo electrónico para recibir confirmación de la entrega de su voto en la mesa electoral.

Con motivo del proceso electoral, Correos ha anunciado un refuerzo de medios en Andalucía, donde cuenta con 413 oficinas. Según la información facilitada por la empresa postal, se habilitarán ventanillas específicas para la gestión del voto por correo si la afluencia lo requiere y se reforzará la atención con dispositivos electrónicos para agilizar los trámites.

Asimismo, se potenciará el sistema de cita previa, operativo en 86 oficinas andaluzas, y se adaptarán los recursos logísticos en los centros de tratamiento automatizado de Sevilla, Málaga y Granada para gestionar el incremento de envíos vinculados a las elecciones autonómicas.

Además del voto por correspondencia, Correos participa en el reparto de tarjetas censales y propaganda electoral, así como en el envío de documentación a los ayuntamientos y en la recogida de sobres el día de la votación, en cumplimiento de las funciones asignadas como operador del servicio postal universal.

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