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Vie. Sep 20th, 2024

Los ayuntamientos de la provincia comienzan a gestionar el registro de entidades de la Ley LISTA

La delegada de Fomento subraya la colaboración en torno al nuevo marco normativo urbanístico y la simplificación administrativa

Carmen Sánchez
Carmen Sánchez

La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, a través de la Delegación Territorial en Cádiz, ha notificado a los ayuntamientos de la provincia su competencia directa en la creación del Registro de Entidades Colaboradoras en el marco de la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA).

Para su cumplimiento, desde la Delegación Territorial de esta Consejería se traspasa a los ayuntamientos la información constitutiva contenida en el registro hasta el momento.

Este cambio en el procedimiento del Registro de las Entidades Urbanísticas Colaboradoras es una de las medidas establecidas por la LISTA y su finalidad, según ha recordado la delegada territorial de esta Consejería, Carmen Sánchez, se enmarca en “la simplificación administrativa de la regulación en materia de ordenación del territorio y urbanismo”.

Asimismo, la delegada territorial del ramo ha subrayado “la necesaria colaboración institucional en torno al nuevo marco normativo urbanístico, concebido como motor de cambio en esta materia”. También ha hecho referencia al marco competencial, a la cooperación y al compromiso esencial de las entidades locales para la aplicación de la normativa.

La tramitación de las inscripciones de las entidades necesarias para llevar a cabo la ejecución de los planes urbanísticos (juntas de compensación y entidades de conservación) era anteriormente competencia de la administración autonómica y ha pasado a los ayuntamientos con la entrada en vigor de la Ley LISTA. Desde ahora ellos responderán directamente a dichas entidades sobre sus solicitudes de inscripción en el Registro, lo que supondrá una considerable simplificación de los trámites y la consiguiente disminución del tiempo de inscripción.

Según lo dispuesto en la normativa vigente, la Delegación Territorial de esta Consejería dejará de practicar inscripciones a este respecto y corresponderá a las administraciones locales el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 132 del Reglamento sobre el procedimiento para la constitución de las entidades colaboradoras. Asimismo, los ayuntamientos comunicarán a esta Consejería, a través de esta Delegación Territorial, la creación del registro municipal.

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