El TSJA confirma seis años y medio de prisión para un hombre detenido con droga de diseño destinada a la venta en Chiclana
El alto tribunal andaluz desestima el recurso del acusado y ratifica la condena de la Audiencia de Cádiz, que le impuso además una multa de más de 19.000 euros.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz que condena a seis años y medio de prisión a un hombre acusado de un delito contra la salud pública tras ser interceptado en Chiclana de la Frontera con más de 120 gramos de droga de diseño destinados a la venta.
Los hechos se remontan a junio de 2024, cuando el condenado fue detenido por la Policía Local mientras conducía su vehículo “de forma anómala, en zigzag”, según recoge la sentencia. Al ser sometido a las pruebas correspondientes, dio positivo en varias sustancias tóxicas, entre ellas cocaína, MDMA, MDA, metanfetamina y anfetamina.
Durante el registro del coche, los agentes hallaron una bolsa de cristales con 3-Clorometcatinona y MDMA, ambas sustancias consideradas de grave daño para la salud, junto a 425,48 euros en efectivo, supuestamente procedentes de ventas anteriores. También se incautaron una báscula de precisión, un bote de acetona, una navaja y utensilios de corte, todo ello indicativo de una actividad de distribución de drogas.
La Audiencia Provincial de Cádiz impuso al acusado seis años y medio de prisión y una multa de 19.080 euros por el delito de tráfico de drogas, además de una multa adicional de diez meses, con una cuota diaria de seis euros, por un delito contra la seguridad vial.
El condenado recurrió la sentencia ante el TSJA alegando vulneración de la presunción de inocencia y error en la apreciación de la prueba, asegurando que existía una ruptura en la cadena de custodia de la droga incautada, basándose en una discrepancia en las fechas de recepción del material por parte de la Guardia Civil.
Sin embargo, el alto tribunal andaluz ha desestimado el recurso tras concluir que quedó acreditado, mediante la declaración de los agentes intervinientes y de la perito encargada del análisis, que las sustancias incautadas al acusado eran las mismas que se analizaron oficialmente, corrigiendo así el error de fecha en la documentación.
De este modo, el TSJA confirma íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz, al considerar “plenamente probada” la autoría y la posesión de las sustancias con fines de tráfico, ratificando así la condena a prisión y la sanción económica impuesta.
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