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Condenado a año y medio de prisión por abuso sexual en un grupo scout en Cádiz

Redacción 8 julio, 2026 3 minutos de lectura

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía eleva a 18 meses la pena por abuso sexual en un grupo scout en Cádiz cometido durante una actividad celebrada en Halloween de 2020 y mantiene la indemnización de 4.000 euros a la víctima.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha elevado a un año y medio de prisión la condena a un hombre por un delito de abuso sexual cometido sobre una menor durante una actividad de un grupo scout en la provincia de Cádiz. El alto tribunal andaluz estima parcialmente el recurso presentado por la acusación particular y aumenta la pena impuesta inicialmente por la Audiencia Provincial gaditana, que había fijado la condena en un año de cárcel.

Los hechos se remontan a la noche de Halloween de 2020. Según recoge la sentencia, el acusado participaba en varias actividades organizadas por el grupo scout al que pertenecían tanto él como la víctima y otros menores. En un momento de la velada, mientras el resto del grupo veía una película relacionada con la celebración, el acusado y la menor se sentaron en un banco situado fuera del recinto.

En ese lugar, el hombre le pasó un brazo por encima y realizó tocamientos a la menor, que, según consta en la resolución judicial, se quedó “paralizada y sin poder reaccionar”. Posteriormente, cuando ambos se quedaron solos en el coche al ir a comprar pizzas para el grupo, el acusado le pidió que le diera un beso. La menor se bajó rápidamente del vehículo y regresó con el resto de participantes.

Tras lo ocurrido, el acusado envió varios mensajes de WhatsApp a la víctima. En esa conversación, la menor le recriminó su comportamiento y le manifestó que lo sucedido no estaba bien. Según la sentencia, el hombre le respondió que debía guardar silencio y borrar los mensajes.

Por estos hechos, la Audiencia Provincial de Cádiz lo condenó por un delito de abuso sexual a un año de prisión y al pago de una indemnización de 4.000 euros por los daños causados. Esa cantidad ya había sido consignada por el acusado en el juzgado en el momento en que se acordó la apertura de juicio oral.

La sentencia fue recurrida ante el TSJA por ambas partes. La defensa solicitó la libre absolución al alegar un error en la valoración de la prueba. Sin embargo, el alto tribunal andaluz ha desestimado este recurso y ha confirmado la existencia del delito.

Por su parte, la acusación particular recurrió la cuantía de la pena impuesta. El TSJA ha estimado parcialmente este recurso y ha incrementado la condena hasta el año y medio de prisión, al considerar que se trata de la pena mínima prevista legalmente para este tipo de delito, con independencia de que el acusado hubiera consignado previamente la cantidad fijada como indemnización.

La resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirma así los hechos probados por la Audiencia Provincial de Cádiz y refuerza la condena impuesta por el abuso sexual en el grupo scout en Cádiz, ocurrido durante una actividad con presencia de menores.

La sentencia del TSJA no es firme y cabe la posibilidad de interponer recurso ante el Tribunal Supremo.