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Las zambombas en Cádiz podrán celebrarse del 20 de noviembre al 3 de enero hasta las 23.00 horas

Redacción 5 noviembre, 2026 4 minutos de lectura

El bando sobre las zambombas en Cádiz exige autorización previa para actuaciones profesionales, eventos en espacios públicos y celebraciones en terrazas, con un máximo de siete permisos por establecimiento

Las zambombas en Cádiz podrán celebrarse entre el 20 de noviembre y el 3 de enero, ambos incluidos, en horario de 14.00 a 23.00 horas. El Ayuntamiento ha regulado mediante un bando municipal las condiciones para organizar estas actividades durante las fiestas navideñas, así como los casos que requieren autorización previa y aquellos que quedan exentos.

La regulación afecta especialmente a las zambombas profesionales, las organizadas por particulares o asociaciones en calles y plazas y las que se desarrollen en terrazas de establecimientos hosteleros. Los organizadores de estas actividades deberán presentar la solicitud correspondiente con un mínimo de 15 días hábiles de antelación respecto a la fecha prevista.

El bando considera zambombas profesionales aquellas en las que un establecimiento o local contrata una actuación, aunque los participantes no reciban remuneración, y los asistentes adquieren la condición de público o espectadores. Estos eventos necesitan autorización cuando exceden los términos de la licencia municipal de apertura del establecimiento o de la autorización administrativa equivalente.

También estarán sujetas a permiso previo las zambombas promovidas por particulares o asociaciones sin ánimo de lucro en plazas, calles y otros espacios de dominio público. La misma obligación se aplicará a las celebraciones realizadas en terrazas de locales de hostelería situadas en la vía pública o en superficies privadas de uso público.

La tramitación dependerá del lugar y de las características del evento. Las solicitudes correspondientes a establecimientos, locales, terrazas y veladores previamente autorizados deberán dirigirse a la Delegación de Urbanismo.

Urbanismo también se encargará de los expedientes para actividades en espacios públicos que incluyan instalaciones adicionales, como escenarios, torretas de sonido o iluminación, carpas u otras estructuras que requieran un informe técnico. En estos casos, los promotores deberán aportar un proyecto de instalación y el correspondiente certificado de seguridad y solidez.

Este tipo de montajes necesitará además informes previos de la Policía Local y de Vía Pública. El objetivo de estos informes será comprobar que el lugar elegido no tenga ya otra ocupación concedida o solicitada para las mismas fechas.

Cuando la zambomba se celebre en un espacio de dominio público y no requiera escenarios, carpas, torretas u otras instalaciones adicionales, la solicitud deberá presentarse ante la Delegación de Vía Pública. En todos los supuestos sujetos a autorización se mantendrá el plazo mínimo de 15 días hábiles.

El bando establece, además, un límite máximo de siete autorizaciones por establecimiento. Las peticiones podrán tramitarse de manera conjunta o individual, pero deberán respetar la antelación fijada. El Ayuntamiento no autorizará en un mismo local una programación cíclica o desarrollada con periodicidad, al considerar estas celebraciones actividades de carácter extraordinario.

Quedan fuera de la obligación de obtener una autorización municipal extraordinaria las zambombas familiares o privadas. Para acogerse a esta excepción, deberán celebrarse dentro del ámbito familiar o de un grupo social determinado, sin participación de personas ajenas a quienes las organizan y sin publicidad fuera de ese entorno.

Tampoco necesitarán permiso específico las zambombas populares de carácter tradicional y espontáneo. El bando las define como celebraciones participativas en las que no existe una separación entre quienes actúan y el resto de asistentes y en las que los participantes cantan villancicos aflamencados, tocan las palmas o utilizan instrumentos navideños como panderetas y zambombas.

Esta excepción se aplica siempre que no se utilicen equipos de amplificación de sonido ni reproductores de música. Las zambombas populares podrán celebrarse sin una autorización extraordinaria en establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento cuando mantengan esas características y no impliquen cambios en la distribución de los espacios ni en las condiciones técnicas del local.

También estarán exentas las organizadas en establecimientos que ya dispongan de autorización para funcionar como salas de fiestas, salones de celebraciones, teatros, auditorios, locales de hostelería con música especial o establecimientos de hostelería con música, como los pubs. En estos casos, la actividad tendrá que desarrollarse dentro de las condiciones, requisitos y límites recogidos en la autorización vigente del local.

La regulación municipal se dicta al amparo del Decreto 195/2007, de 26 de junio, que establece las condiciones generales para los espectáculos públicos y las actividades recreativas ocasionales y extraordinarias. Según el bando, las limitaciones de fechas y horarios pretenden compatibilizar las celebraciones navideñas con el descanso de los vecinos.