A desarrollar durante los meses de junio y julio, establece las medidas organizativas, de protección y seguridad que llevarán a cabo los centros docentes públicos en el contexto de la crisis sanitaria por el Covid-19
La Consejería de Educación y Deporte ha publicado hoy, tras pasar por la mesa sectorial, las instrucciones para la organización y desarrollo durante los meses de junio y julio próximos, y en el contexto de la crisis sanitaria, de las pruebas para la titulación en el presente curso 19-20 y de acceso o aptitud relativas a los procedimientos de admisión del alumnado para el curso 2020/2021 en los centros docentes públicos de Andalucía.
En concreto, se trata de las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para personas mayores de 18 años y en las pruebas para la obtención del título de Bachiller para personas mayores de veinte años, dentro de la convocatoria de junio de 2020. También, pruebas del programa That’s English! del curso 2019/2020 y de pruebas iniciales de clasificación en las enseñanzas de idiomas de régimen especial, así como de las pruebas de acceso a las enseñanzas de régimen especial para la admisión del alumnado para el curso 2020/2021.
El documento establece tanto medidas de carácter general para los centros, en cuanto a la concreción del personal necesario, como medidas higienico- sanitarias generales y específicas para cada tipo de prueba, avaladas por los protocolos de las autoridades sanitarias.
Así, será obligatorio el uso de mascarilla tanto en el acceso como en la permanencia en el centro docente, con las excepciones reguladas por la Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, mascarilla con la que deberá acudir cada aspirante a la prueba correspondiente, aunque los centros también contarán con una provisión de este material para casos excepcionales.
Los centros deberán organizar el acceso de tal manera que se pueda garantizar el cumplimiento de las medidas de distanciamiento interpersonal establecidas en la fase de desescalada vigente en el momento de celebración de las pruebas. Las zonas en las que se prevea el tránsito de personas durante las jornadas de realización de las pruebas estarán señalizadas para orientar la separación personal estipuladas, especialmente las zonas de espera de turnos, accesos a aulas, aseos, zonas de descanso entre pruebas y otras zonas similares. Podrán habilitarse varias puertas de acceso y delimitarse itinerarios de entrada y salida diferenciados, así como áreas de descanso habilitadas al efecto, que estarán situadas al aire libre siempre que sea posible.
Se recomienda una distancia de dos metros, según señalan los protocolos sanitarios, entre el alumnado durante la realización de las pruebas, circunstancia a tener en cuenta para la elección de las aulas o los espacios. En el interior del aula, en posición de examen, se procurará que haya una distancia mínima de dos metros entre alumnos y alumnas en todas las direcciones; si se tratase de aulas con bancadas fijas, se dejará una bancada libre completa delante y otra detrás. Asimismo, se empleará la misma medida para la organización de la circulación de personas y de la distribución de espacios.
Las mesas y sillas usadas por los aspirantes se limpiarán y desinfectarán al finalizar cada prueba, así como los instrumentos musicales aportados por el centro y otras herramientas, materiales o instalaciones de uso compartido después de cada manipulación. Se procurará igualmente una correcta ventilación de las aulas.
Las autoridades sanitarias también han recomendado que el alumnado acuda con su propio dispensador de hidrogel y lo use antes y después de cada examen, aunque el centro contará con dispensadores de geles a disposición del público: el objetivo es evitar la concentración de alumnado en torno a los dispensadores procurados por el centro, que estarán situados en los accesos del edificio y en la entrada de las aulas para minimizar su manipulación por muchas personas de manera reiterada.
Dada la recomendación de no compartir material, el alumnado debe asegurarse de llevar todo lo necesario para la realización de las pruebas. Las pruebas en soporte papel entregadas por el alumnado permanecerán tres horas almacenadas sin que sean manipuladas.
Las fuentes de agua estarán precintadas, de manera que el alumnado que lo precise deberá ir provisto agua embotellada.
Está prevista también la preparación de una sala de aislamiento para el caso de que alguna persona mostrara síntomas de la enfermedad en el transcurso de las pruebas. La persona afectada deberá permanecer en la misma con la mascarilla puesta hasta que se persone un acompañante. Durante el aislamiento estará acompañada por un adulto también protegido. Una vez que abandone la sala, esta permanecerá cerrada al menos durante dos horas tras las cuales se procederá a ventilarla, limpiarla y desinfectarla.
Los centros deberán prestar especial atención al alumnado con diversidad funcional o necesidades específicas de apoyo educativo que pueda necesitar ciertas adaptaciones o ayuda específica como acompañantes de apoyo, medios materiales o ayudas técnicas, cuya autorización o provisión sera facilitada por los centros educativos cuando sea el caso y esté justificado.
Las instrucciones cuentan con medidas concretas para cada prueba teniendo en cuenta sus especificidades. Así, como ejemplo, en las pruebas de música relativas a las especialidades de instrumentos de viento o de canto, las instrucciones establecen que se procurará habilitar una sala amplia donde el distanciamiento sea mayor del recomendado por las normas sanitarias. Esta misma medida será de aplicación en las pruebas de Interpretación que requieran acompañamiento (pianista, cantaor o cantaora, bailaor o bailaora, entre otros), pudiendo priorizar el acompañamiento mediante una grabación, en su caso. No obstante, en el caso de que se opte por la presencia de la persona acompañante, estas deberán cumplir igualmente todas las normas de seguridad para acceder al centro.
La Inspección educativa llevará a cabo el asesoramiento oportuno a los centros docentes en relación a la organización y aplicación de las medidas propuestas.
Por otra parte, también pasó por la Mesa Sectorial la reincorporación presencial a los centros educativos de los profesionales de los Equipos de Orientación Educativa (EOE) cuando fuese necesario para llevar a cabo la emisión de dictámenes de escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales, tanto del alumnado que se incorporará por primera vez al sistema educativo, como para aquel alumnado con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo. El objetivo es posibilitar que las familias que, habiendo autorizado la emisión del dictamen de escolarización por parte del EOE, o bien para aquellas familias de alumnado ya identificado con NEAE que cambia de etapa educativa o cambian sus circunstancias, puedan ser citadas presencialmente en el el centro educativo con objeto de completar el proceso.