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Sáb. Nov 23rd, 2024

CCOO resalta la participación en las movilizaciones por los derechos del personal de la sanidad pública

El calendario de las movilizaciones continuará el martes 24 de noviembre y se prolongará hasta que la Consejería de Salud y Familias anuncie la derogación de la Orden que conculca numerosos derechos laborales de alrededor de 120.000 trabajadores del Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA)

El personal de la sanidad pública muestra una semana más su absoluto rechazo a las medidas adoptadas por la Consejería de Salud que “quebrantan gravemente” sus derechos laborales, así como normativa y acuerdos vigentes, sobre todo en materia de contratación, y así lo ha demostrado esta mañana en las concentraciones convocadas por la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de Andalucía en los centros sanitarios.

Los sindicatos de la Mesa Sectorial de Sanidad (CCOO, SATSE, SMA, CSIF y UGT) continúan con las movilizaciones previstas hasta que la Consejería de Salud derogue la Orden “unilateral” de 8 de noviembre, mediante la cual, entre “los derechos atropellados por la Administración”, cabe destacar que se autoriza a los gerentes de los centros a contratar personal saltándose la normativa de Bolsa Única vigente, es decir, “contratación a dedo”.

La FSS-CCOO Andalucía denuncia que, con la citada Orden, que también quebranta los derechos laborales del personal en formación sanitaria especializada del Servicio Andaluz de Salud (SAS), se procede a la suspensión de vacaciones, permisos y licencias, de las reducciones de jornada por motivos de conciliación u otros, de las exenciones de guardias por edad, así como de los descansos mínimos diario y semanal, “pudiéndose modificar discrecionalmente” por las direcciones gerencias la jornada máxima y la duración de los turnos de trabajo.

Especial gravedad tienen otras medidas para CCOO, como la movilidad forzosa de tipo geográfico, es decir, a otros centros dentro de la localidad habitual de trabajo o situados en otras localidades, y la movilidad forzosa funcional, que supone el cambio obligatorio en el ejercicio de las funciones habituales, teniendo que desempeñar, sin ostentar la titulación habilitante, otras funciones diferentes, “con el consiguiente riesgo para la salud de los pacientes”, el estrés para quien es sometido a ese cambio de funciones y el riesgo jurídico de los profesionales ante previsibles demandas por mala praxis durante el ejercicio de funciones para las que no se tiene la titulación habilitante.

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