Complemento de Apoyo al Empleo (CAE): cómo funciona y quién puede solicitarlo en 2026
El Complemento de Apoyo al Empleo (CAE), en vigor desde 2025, permite compatibilizar el paro con un contrato por cuenta ajena bajo determinadas condiciones y durante un máximo de 180 días.

El Complemento de Apoyo al Empleo (CAE) permite desde 2025 que personas en desempleo puedan incorporarse a un trabajo por cuenta ajena sin perder por completo su prestación o subsidio. Esta medida, gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), busca facilitar la vuelta al mercado laboral manteniendo parte del apoyo económico durante un periodo limitado.
Con carácter general, trabajar es incompatible con el cobro de la prestación o el subsidio por desempleo, y no comunicar un cambio de situación puede suponer una infracción grave. Sin embargo, el CAE es una de las excepciones previstas por la normativa, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la Ley General de la Seguridad Social.
Quién puede acceder
Las condiciones varían según el tipo de ayuda que esté percibiendo la persona desempleada.
En el caso de quienes cobran una prestación contributiva, es necesario tener reconocida una prestación de al menos 14 meses (420 días) y haber percibido al menos nueve meses (270 días). Además, deben iniciar un contrato por cuenta ajena a jornada completa, ya sea en un único empleo o en varios trabajos parciales que, en conjunto, sumen una jornada completa.
Para quienes perciben un subsidio por desempleo, el complemento se aplica cuando se haya agotado la prestación contributiva o se haya cesado en un trabajo tras cotizar entre 90 y 359 días, y se inicie un empleo por cuenta ajena, tanto a tiempo parcial como completo.
La normativa contempla también exclusiones. No podrán acceder al CAE quienes hayan trabajado en la misma empresa en los doce meses anteriores, quienes sean contratados por familiares hasta segundo grado o cuando la empresa tenga en tramitación un expediente de regulación de empleo, entre otros supuestos.
Cómo se tramita
El procedimiento depende de cuándo se reconoció la prestación contributiva.
Si la prestación nació antes del 1 de abril de 2025, la persona interesada debe solicitar expresamente el CAE en el plazo de 15 días desde el inicio de la relación laboral. La gestión se realiza a través de la sede electrónica del SEPE. Una vez reconocido, se percibe el complemento al mismo tiempo que se trabaja.
En cambio, si la prestación contributiva se reconoció a partir del 1 de abril de 2025, el complemento se activa automáticamente —desde el 1 de enero de 2026— siempre que se cumplan los requisitos. En estos casos, puede compatibilizarse tanto con jornada completa como parcial.
Cuando se trata de un subsidio por desempleo, el sistema convierte automáticamente el subsidio en CAE desde el primer día en que se inicia la actividad laboral por cuenta ajena.
Cuánto se cobra y durante cuánto tiempo
La cuantía del Complemento de Apoyo al Empleo depende de la jornada laboral y del momento en que se encuentre la persona dentro del periodo de percepción de su prestación o subsidio. El importe va disminuyendo a medida que avanzan los meses o trimestres de cobro.
La duración máxima del CAE es de 180 días y siempre está limitada por el tiempo de prestación o subsidio que quede pendiente de percibir. Es decir, no puede superar el periodo reconocido inicialmente.
El cobro del complemento consume días de prestación o subsidio. Durante el tiempo en que se percibe el CAE, se descuentan los días correspondientes hasta que finaliza la relación laboral que dio origen al complemento o se alcanza el máximo de 180 días.
Qué ocurre si termina el contrato
Si finaliza el contrato y la persona aún tiene días pendientes de prestación o subsidio, puede solicitar la reanudación de la ayuda, siempre que cumpla los requisitos.
En el caso de querer suspender el CAE, el trámite puede realizarse también de forma telemática a través de la sede electrónica del SEPE, mediante el formulario de presolicitud. Entre las opciones disponibles, debe seleccionarse el trámite correspondiente a la baja del complemento reconocido de oficio en prestaciones contributivas.
El Complemento de Apoyo al Empleo se enmarca en las medidas estatales dirigidas a facilitar la reincorporación laboral, permitiendo que la aceptación de un empleo no suponga la pérdida inmediata y total de la ayuda económica, aunque sí reduzca progresivamente su cuantía y consuma parte del derecho reconocido.



