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Sáb. Abr 20th, 2024

El juzgado anula la convocatoria por oposición libre de una plaza en el Ayuntamiento de Chiclana por falta de negociación

CSIF entiende que el Gobierno local había incurrido en una ilegalidad con el fin de castigar a uno de sus representantes sindicales, afectado directamente por este proceso

Ayuntamiento de Chiclana
Ayuntamiento de Chiclana

El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Cádiz ha emitido una sentencia, ya firme, por la cual anula todo el proceso de convocatoria de una plaza de ingeniero de caminos por oposición libre en el Ayuntamiento de Chiclana. La sentencia, que da la razón íntegramente a CSIF, manifiesta claramente que dicha convocatoria no contaba con la obligatoria negociación previa con los representantes sindicales. De este modo, el juzgado obliga al Ayuntamiento chiclanero a retrotraer las actuaciones a su origen.

CSIF recuerda que, en su momento, el Ayuntamiento negoció adecuadamente y acordó la estabilización de 22 plazas de la plantilla municipal mediante un concurso oposición, con el fin de valorar los méritos y experiencia de los candidatos, y que otros acuerdos previos para la estabilización del empleo temporal en otras administraciones recogían como el adecuado para este tipo de situaciones. Transcurrido un tiempo de ese acuerdo y en pleno confinamiento por el COVID, el Ayuntamiento sacó “deprisa y corriendo” una de esas 22 plazas de tal proceso y la convocó como oposición libre: es decir, sin contar la experiencia laboral y formación específica de los aspirantes al puesto. Se da la circunstancia de que a esta plaza específica optaba un delegado sindical de CSIF en el Ayuntamiento, con 17 años de experiencia en el puesto como personal laboral, y cuya sección sindical lleva años denunciando reiteradamente todo tipo de irregularidades en materia de personal en esta administración, que desgraciadamente se han visto incrementadas en los últimos años. Por eso, la sección sindical de CSIF considera que con esta maniobra torticera el Ayuntamiento pretendía castigar y perseguir a uno de sus representantes en el comité de empresa y así silenciar la actividad del sindicato en defensa de los trabajadores municipales y de la legalidad laboral.

Con esta sentencia, CSIF entiende que se hace justicia y se marcan los límites legales para estabilizar puestos que estaban, durante años, en una situación de interinidad y por tanto, en precario por culpa del propio Ayuntamiento. De hecho, la actual ley 20/21 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público viene a refrendar los procedimientos en los que la experiencia desarrollada por un trabajador en un puesto determinado es un factor primordial a la hora de valorar los méritos para conseguir la estabilidad laboral.

Ante esta resolución judicial, CSIF exige de nuevo la dimisión del delegado de Personal para que no siga dañando a la institución, y pide al alcalde un cambio de rumbo en materia de personal que persiga el cumplimiento de la ley en lugar de “dar caza” a quienes fiscalicen y denuncien las irregularidades que sean detectadas y que afecten a los empleados públicos del Ayuntamiento de Chiclana.

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