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Andalucía y más allá

El Ministerio de Agricultura confina las aves de corral en zonas de riesgo para evitar la propagación de la gripe aviar

Las nuevas medidas, que entran en vigor el lunes 10 de noviembre, refuerzan la vigilancia y la bioseguridad ante el aumento de casos en Europa y la llegada de aves migratorias.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) aplicará a partir del lunes 10 de noviembre nuevas medidas preventivas contra la influenza aviar, tras detectar un incremento del riesgo por el aumento de casos en Europa, especialmente entre aves silvestres, coincidiendo con los movimientos migratorios y el descenso de las temperaturas.

Entre las medidas adoptadas destaca el confinamiento obligatorio de las aves de corral en zonas de especial riesgo y de especial vigilancia, que abarcan 1.199 municipios de toda España, incluyendo 197 en Andalucía, 224 en Cataluña, 250 en Castilla y León, 138 en la Comunidad Valenciana y el resto distribuidos por el resto de comunidades y ciudades autónomas.

Estas actuaciones se aplican en coordinación con las comunidades autónomas, activando las medidas contempladas en la Orden APA/2442/2006, de 27 de julio, que regula la protección frente a la influenza aviar en el territorio nacional.

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Medidas de prevención y control

El confinamiento implica que las aves no podrán criarse al aire libre salvo autorización expresa y bajo estrictas condiciones de seguridad, como la instalación de telas pajareras o refugios cerrados que impidan el contacto con aves silvestres. Además, se establecen las siguientes prohibiciones y obligaciones en las zonas de riesgo:

  • Prohibida la utilización de patos, gansos u otras aves acuáticas como señuelo.
  • Prohibida la cría conjunta de patos y gansos con otras aves de corral.
  • Prohibido dar agua procedente de depósitos accesibles a aves silvestres, salvo que sea tratada para eliminar posibles virus.
  • Los depósitos de agua exteriores deberán estar protegidos frente a aves acuáticas silvestres.
  • Prohibida la presencia de aves de corral o cautivas en ferias ganaderas, exhibiciones o eventos culturales.

Refuerzo de la bioseguridad y la vigilancia

El Ministerio ha recordado que en todo el territorio nacional se deben extremar las medidas de bioseguridad en las explotaciones avícolas, especialmente aquellas orientadas a evitar el contacto entre aves domésticas y silvestres.

Asimismo, se ha instado a reforzar la vigilancia pasiva y notificar de inmediato cualquier sospecha de enfermedad a los servicios veterinarios oficiales.

Las zonas de especial riesgo y vigilancia se detallan en los anexos II y III de la citada orden, aunque las comunidades autónomas, competentes en sanidad animal, podrán establecer medidas adicionales adaptadas a su territorio.

El Ministerio subraya que estas medidas son preventivas y temporales, orientadas a minimizar el riesgo de propagación del virus y garantizar la seguridad de la producción avícola española, uno de los sectores más relevantes del país en volumen de exportaciones agroalimentarias.

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