El TSJA absuelve a dos condenados a más de cinco años de prisión por varios alijos de hachís en Chiclana
El alto tribunal andaluz revoca parcialmente la sentencia de la Audiencia de Cádiz al no quedar acreditada la participación de los acusados en uno de los alijos de 2021

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha revocado parcialmente una sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz, absolviendo a dos hombres condenados a más de cinco años de cárcel por su presunta participación en varios alijos de hachís en Chiclana de la Frontera, concretamente en la playa de Lavaculos y el Caño de Sancti Petri, durante el año 2021.
En total, el procedimiento judicial afectaba a 12 acusados, que habían recibido penas de prisión de entre tres y cinco años y nueve meses por delitos contra la salud pública. Nueve de ellos alcanzaron un acuerdo de conformidad con la Fiscalía, mientras que tres recurrieron la resolución inicial.
Según la sentencia del TSJA, los hechos se remontan a abril de 2021, cuando los implicados organizaron un primer alijo en la playa de Lavaculos utilizando una embarcación semirrígida de cuatro motores cargada con una cantidad indeterminada de hachís. Sin embargo, la operación se frustró al detectar la embarcación la presencia policial y darse a la fuga.
Pocos días después, los acusados intentaron un segundo alijo en el Caño de Sancti Petri, a la altura del recinto ferial de San Fernando. En esta ocasión, con una embarcación de seis metros de eslora, lograron descargar 66 fardos de hachís con un peso neto de 2.078 kilos, valorados en más de 12,6 millones de euros. La intervención policial permitió la aprehensión de la droga y la embarcación, evitando su distribución.
En junio de 2021, se produjo un tercer intento de alijo en la misma zona, utilizando una embarcación neumática que huyó al percatarse de la presencia policial. En esta actuación se incautaron cuatro fardos con un peso neto de 98 kilos de hachís.
La Audiencia Provincial de Cádiz consideró acreditada la participación de los 12 acusados en el entramado y dictó sentencia condenatoria. No obstante, los dos acusados absueltos ahora por el TSJA alegaron que no habían tenido ninguna intervención directa en los hechos.
El TSJA ha estimado el recurso de apelación y ha determinado que “no ha quedado suficientemente acreditado que los acusados hubieren tenido intervención en el alijo llevado a cabo en la playa de Lavaculos, en el Caño de Sancti Petri, en el que se intervinieron cuatro fardos de hachís con un peso neto de 98 kilos”.
El fallo absuelve así a ambos procesados del delito contra la salud pública, manteniendo la condena para el resto de implicados que sí reconocieron su participación o cuya implicación fue acreditada durante el proceso.
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