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Campo de Gibraltar

El TSJA confirma cuatro años de prisión para un hombre por abuso sexual a la hija menor de su pareja en Algeciras

El tribunal rechaza el recurso del condenado y ratifica la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz al considerar acreditada la existencia de prueba de cargo suficiente.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de cuatro años de prisión impuesta a un hombre por un delito de abuso sexual cometido contra la hija menor de su pareja en la localidad de Algeciras. La resolución confirma íntegramente la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz, que había sido recurrida por la defensa.

Los hechos se produjeron en junio de 2021, cuando el acusado se encontraba solo en el domicilio familiar junto a la menor, de 13 años. Según recoge la sentencia, el hombre mantenía con la víctima una relación de convivencia prolongada y una posición similar a la de un padre. El tribunal considera acreditado que se prevalió de esa relación de confianza para cometer los abusos.

Tras analizar el recurso, el TSJA descarta los argumentos expuestos por la defensa, que alegaba un error en la valoración de la prueba, vulneración de la presunción de inocencia, indebida aplicación del artículo 183 del Código Penal y la necesidad de apreciar la atenuante de dilaciones indebidas. El tribunal rechaza cada uno de los planteamientos y sostiene que existen pruebas de cargo suficientes para considerar plenamente acreditados los hechos.

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La Sala señala que la declaración de la menor, unida al resto de elementos probatorios analizados en la causa, cumple con los requisitos de credibilidad, persistencia y ausencia de incredibilidad subjetiva exigidos por la doctrina jurisprudencial. Del mismo modo, concluye que la duración del proceso ha sido razonable y que no se han producido dilaciones extraordinarias durante su tramitación.

La sentencia del TSJA resalta que la negativa del acusado a reconocer los hechos quedó desvirtuada por el conjunto de pruebas valoradas por la Audiencia Provincial. El fallo subraya además que el hombre se aprovechó de la relación de autoridad y confianza que la menor mantenía con él dentro del entorno familiar.

Con esta decisión, la condena de cuatro años de prisión queda firme. La sentencia también mantiene el resto de medidas impuestas en la instancia, entre ellas las relativas a la prohibición de aproximación y comunicación con la víctima y la responsabilidad civil establecida por los daños causados.

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