El TSJA confirma diez años de cárcel por violación en la Sierra de Cádiz a una menor de 15 años
El TSJA confirma diez años de cárcel por violación en la Sierra de Cádiz a un hombre que agredió sexualmente a la sobrina de su pareja en una finca en agosto de 2018 y le impone además ocho años de libertad vigilada.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de diez años de prisión impuesta a un hombre por la violación de una menor de 15 años en una finca situada en la Sierra de Cádiz. La sentencia ratifica íntegramente el fallo dictado por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz e incluye también ocho años de libertad vigilada una vez cumplida la pena de cárcel.
Los hechos se remontan a agosto de 2018, cuando un grupo de amigos pasó dos días en una finca de la Sierra. Entre los asistentes se encontraban el acusado, su pareja y la víctima, sobrina de esta última, que tenía 15 años en el momento de los hechos.
Según recoge la resolución judicial, durante la primera noche parte del grupo decidió desplazarse a un pueblo cercano para salir de fiesta. El acusado no acudió tras mantener una discusión con su pareja y permaneció en la finca consumiendo bebidas alcohólicas con otras personas. El tribunal considera probado que no se acreditó que tuviera afectadas sus capacidades intelectivas o volitivas por el consumo de alcohol.
Sobre las cuatro de la madrugada, la madre de la menor se retiró a dormir e indicó a su hija que hiciera lo mismo. El acusado dijo que se quedaría un rato más, pero posteriormente acompañó a la menor hasta la edificación donde ella dormía, distinta de la que ocupaban él y su pareja.
Una vez en el interior, el acusado preguntó a la menor si le importaba que se quedara allí, alegando que había discutido con su pareja. La joven accedió a que se acostara en el mismo sofá cama. Según los hechos declarados probados, el hombre colocó un brazo sobre el cuerpo de la menor y, tras ser rechazado, se levantó, cerró la puerta con llave, volvió a tumbarse junto a ella y la violó. Durante la agresión, le dijo que si gritaba o contaba lo ocurrido “se iba a enterar”.
La sentencia señala que el acusado abandonó la habitación al escuchar ruidos que interpretó como el regreso del grupo que había salido al pueblo.
Meses después, en la Navidad de 2018, durante una celebración familiar, la pareja de otra tía de la menor presenció cómo el acusado se dirigía a la joven para pedirle perdón por lo sucedido, momento en el que ella comenzó a llorar. Finalmente, en abril de 2019, la menor relató los hechos a su novio y posteriormente a sus padres, quienes interpusieron denuncia.
La Audiencia Provincial de Cádiz condenó al acusado por un delito de agresión sexual con utilización de intimidación a diez años de prisión y ocho años de libertad vigilada tras la excarcelación. La defensa recurrió ante el TSJA alegando que no existía prueba de cargo suficiente y que la condena se basaba únicamente en declaraciones “contradictorias” de la menor, sin respaldo objetivo.
El TSJA ha desestimado el recurso y ha confirmado la sentencia. En su resolución, el alto tribunal andaluz señala que no se aprecia error en la valoración de la prueba realizada por la Audiencia Provincial y destaca que la convicción judicial se apoyó en pruebas de cargo de “indudable valor incriminatorio”.
Entre ellas, menciona los testimonios de familiares que vieron a la menor llorando la noche de los hechos, así como otros elementos que, en conjunto, el tribunal considera coherentes y suficientes para sustentar la condena.
Con esta decisión, el TSJA confirma de forma definitiva en el ámbito autonómico la condena de diez años de cárcel por violación en la Sierra de Cádiz, manteniendo tanto la pena principal como la medida de libertad vigilada impuesta tras su cumplimiento.





