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El TSJA confirma una condena por agresión sexual en Chiclana de seis años y ocho meses de cárcel

Redacción 24 septiembre, 2026 3 minutos de lectura

La condena por agresión sexual en Chiclana incluye seis años de prisión por ese delito y otros ocho meses por amenazar a la víctima con difundir un vídeo íntimo

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de seis años y ocho meses de prisión impuesta a un hombre por una agresión sexual en Chiclana de la Frontera y por amenazar a la víctima. El tribunal ha desestimado el recurso presentado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz, en el que el condenado alegaba un error en la valoración de la prueba.

La pena se divide en seis años de cárcel por un delito de agresión sexual y ocho meses por otro de amenazas. Los hechos se remontan a abril de 2017, cuando el acusado conoció a la mujer en la cafetería de Chiclana donde ella trabajaba, según recoge la resolución judicial difundida por Europa Press.

Ambos iniciaron una relación de amistad, intercambiaron sus números de teléfono y posteriormente mantuvieron un primer encuentro sexual consentido. Después, la mujer comunicó al acusado mediante un mensaje de WhatsApp que se había arrepentido y que no quería continuar con la relación, aunque podían mantener la amistad.

Días más tarde, cuando la mujer se encontraba en un quiosco, recibió un mensaje del hombre preguntándole dónde estaba. Los dos coincidían en el mismo parque y el acusado llamó su atención desde el vehículo en el que se encontraba, al que ella accedió.

Una vez dentro, el hombre le pidió un beso y la mujer se negó, recordándole que habían acordado quedar como amigos. De acuerdo con los hechos probados, el acusado bajó entonces del coche, sacó del maletero una barra de hierro y otra extensible, se las mostró y le preguntó si sabía cuánto dolían. A continuación, volvió a guardarlas.

El acusado apareció de nuevo días después en la cafetería y pidió a la mujer que se reuniera con él ese mismo día. Ante su negativa, la amenazó con contarle a su marido el primer encuentro sexual y con mostrar a otras personas una supuesta grabación de esa relación íntima.

La mujer aceptó encontrarse con él esa tarde y le pidió que borrara el vídeo. Según la sentencia, el hombre le indicó que subiera al coche y la trasladó hasta la zona del recinto ferial de Chiclana, donde cometió la agresión sexual por la que fue posteriormente condenado.

La Audiencia Provincial de Cádiz consideró estos hechos constitutivos de los delitos de agresión sexual y amenazas. El condenado recurrió el fallo al sostener que se había producido un error al valorar las pruebas, argumento que ha sido rechazado por el TSJA, que ratifica las dos penas de prisión dictadas en primera instancia.