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El TSJA ratifica condena por abusos sexuales en Cádiz a un padre sobre su hija menor

El TSJA ratifica condena por abusos sexuales en Cádiz y confirma la pena de cuatro años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial a un hombre por hechos cometidos contra su hija de 12 años en 2020.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que condena a un hombre a cuatro años de prisión por un delito de abusos sexuales cometido sobre su hija, que tenía 12 años en el momento de los hechos, ocurridos en julio de 2020. La resolución desestima el recurso presentado por el acusado y ratifica íntegramente la condena.

Según recoge la sentencia, la menor nació en 2007 y sus padres se divorciaron legalmente en 2019. Tras la ruptura, la guarda y custodia se organizó por semanas alternas con cada progenitor, conforme a lo establecido judicialmente.

El fallo considera probado que, aunque inicialmente la relación entre padre e hija era “buena y fluida”, comenzó a deteriorarse a partir de febrero de 2020. La resolución judicial señala que el acusado dirigía a la menor expresiones y comentarios despectivos sobre su físico e inteligencia, llamándola “zorra” o “guarra” y diciéndole que adelgazara porque estaba “muy gorda”, además de cuestionar su capacidad en los estudios.

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Estas conductas, según la sentencia, provocaron un “quebranto psicológico” en la menor, que empezó a incrementar el ejercicio físico y a adoptar pautas restrictivas en la alimentación, hasta desarrollar un trastorno de la conducta alimentaria.

En cuanto al episodio por el que ha sido condenado, los hechos probados sitúan lo ocurrido en un día de julio de 2020. El padre recogió a la menor en casa de su hermana y posteriormente la dejó en su domicilio antes de salir a un bar. A su regreso, la niña se encontraba en el cuarto de baño, donde se estaba secando tras ducharse.

La sentencia recoge que el acusado entró en el baño y, pese a que la menor le pidió que se marchara, desoyó sus requerimientos, le quitó la toalla y cometió los abusos. La menor logró empujarlo y se refugió en su habitación, donde permaneció apoyada tras la puerta por miedo a que su padre volviera a entrar.

Según los hechos probados, permaneció allí durante un largo periodo. De madrugada intentó recuperar su teléfono móvil para llamar a su madre, aunque desistió por temor, ya que el padre se encontraba durmiendo en el salón. Al día siguiente, pidió a su madre que la recogiera y, al subir al vehículo, rompió a llorar, aunque en ese momento no relató lo sucedido.

La menor comenzó a acudir a atención psicológica al negarse a volver al domicilio paterno. No fue hasta septiembre de 2021, tras persistir síntomas como tristeza, pérdida de peso, dolores estomacales, nerviosismo y ansiedad, cuando en la Unidad de Salud Mental de Vejer relató los tocamientos y los comentarios vejatorios. Los hechos fueron entonces puestos en conocimiento de la Fiscalía de Menores.

La Audiencia Provincial de Cádiz condenó al acusado a cuatro años de prisión por un delito de abuso sexual. El hombre recurrió ante el TSJA alegando error en la valoración de la prueba y cuestionando la credibilidad del testimonio de su hija, que consideraba motivado por “malquerencia y venganza”.

El alto tribunal andaluz rechaza estos argumentos y sostiene que no existe “base mínimamente sólida” para considerar que la menor hubiera ideado falsamente los hechos. La sentencia indica que tanto los episodios de descalificaciones como el acto de carácter sexual han sido valorados de forma racional y fundamentada por el tribunal de instancia.

El TSJA concluye que la prueba de cargo ha sido correctamente apreciada y que no existen dudas razonables que justifiquen la aplicación del principio “in dubio pro reo”, por lo que desestima el recurso y confirma la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz.

Con esta resolución, la sentencia adquiere firmeza en el ámbito autonómico, a la espera de los posibles recursos que procedan ante instancias superiores.

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