El TSJA rebaja la condena por blanqueo de capitales en Cádiz a un acusado que compró embarcaciones con dinero del narcotráfico
El TSJA rebaja la condena por blanqueo de capitales en Cádiz de tres años y tres meses a un año y siete meses al apreciar dilaciones indebidas en el proceso, aunque mantiene que el acusado actuó como “hombre de paja” en la compra de cinco embarcaciones en la provincia.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado la condena por blanqueo de capitales en Cádiz impuesta a un hombre que adquirió varias embarcaciones con dinero procedente del narcotráfico. La pena pasa de tres años y tres meses de prisión a un año, siete meses y 15 días, tras estimar parcialmente el recurso de la defensa al apreciar dilaciones indebidas en la tramitación del procedimiento.
La sentencia, adelantada por Europa Press, revisa el fallo dictado en noviembre de 2024 por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Algeciras. En aquella resolución se condenó al acusado por un delito de blanqueo de capitales, se le impuso una multa de 90.000 euros y se decretó el decomiso de cinco embarcaciones náuticas adquiridas entre 1999 y 2014 por un valor total de 30.496 euros.
Según los hechos probados, el condenado compró hasta cinco embarcaciones pese a carecer de ingresos económicos suficientes, siendo conocedor de que el dinero empleado procedía del tráfico de drogas. La investigación fue desarrollada por la Unidad Operativa de Vigilancia Aduanera en San Roque (Cádiz), que lo detuvo en 2016 en el marco de estas pesquisas.
El tribunal recuerda que el acusado había sido detenido en 2009 y posteriormente condenado por tráfico de drogas. Además, entre 2010 y 2013 declaró ingresos totales de 16.159 euros, una cantidad que, según la sentencia, no se corresponde con las adquisiciones realizadas. En 2014 compró una embarcación, un motor fueraborda y asumió gastos de amarre en el puerto deportivo de La Alcaidesa sin que conste que percibiera ingresos en ese ejercicio.
El TSJA descarta que existiera un error en la valoración de la prueba, como sostenía la defensa. La resolución señala que “es evidente” que el acusado no disponía de patrimonio ni ingresos que justificaran las compras y que no aportó una explicación alternativa viable sobre el origen lícito de los fondos, más allá de aludir a una supuesta economía sumergida sin respaldo probatorio.
Los magistrados consideran acreditado, a partir de “indicios plurales” valorados en conjunto, que el procesado ocultó al verdadero titular de los fondos obtenidos con el tráfico de drogas, prestándose a figurar como comprador de las embarcaciones. Esta figura es conocida jurídicamente como “hombre de paja”, utilizada para encubrir la titularidad real de bienes adquiridos con dinero ilícito.
En cuanto a la prescripción, el TSJA sostiene que el delito de blanqueo de capitales es único, aunque esté integrado por varios actos, y que el plazo debe aplicarse al conjunto de la conducta. Dado que la última embarcación fue adquirida en 2014, el tribunal rechaza que el delito haya prescrito en su totalidad, como defendía el acusado.
No obstante, sí aprecia que entre el primer y el último acto de blanqueo transcurrieron más de diez años sin que se ejercitara acción penal contra él. Por este motivo, declara prescrito el primer acto —la adquisición realizada en 1999— y lo excluye de la unidad delictiva. En consecuencia, deja sin efecto el decomiso de esa embarcación concreta.
El elemento determinante para la rebaja de la pena ha sido la apreciación de dilaciones indebidas. El TSJA considera que el procedimiento sufrió retrasos “extraordinarios e injustificados”, no atribuibles al acusado. Por ello, estima este motivo del recurso y reduce las penas en un grado.
Además de la rebaja de la prisión, la multa impuesta se reduce de 90.000 a 6.000 euros. Se mantiene, sin embargo, el decomiso del resto de las embarcaciones vinculadas a las operaciones investigadas.
La resolución del alto tribunal andaluz modifica así de forma sustancial la condena inicial dictada en Algeciras, aunque confirma la responsabilidad penal del acusado por blanqueo de capitales en Cádiz relacionado con fondos procedentes del narcotráfico.
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