- Publicidad -
Navidad
Campo de Gibraltar

El TSJA rebaja la condena por un incendio junto a un indigente en Algeciras al no apreciar intento de homicidio

La rebaja de condena TSJA incendio Algeciras se basa en que el tribunal descarta la “voluntad homicida” y deja la pena en cinco años y un día por un delito de incendio con peligro para la vida.

La Sección de Apelación Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha reducido la condena impuesta a un hombre acusado de provocar un incendio en una zona donde dormía un indigente en Algeciras. La pena pasa de siete años y siete meses de prisión a cinco años y un día, al estimar parcialmente el recurso de la defensa y descartar el delito de tentativa de homicidio apreciado inicialmente por la Audiencia Provincial de Cádiz.

El tribunal considera que los hechos constituyen un delito de incendio con peligro para la vida e integridad de las personas, pero no un intento de homicidio. Entre los argumentos destaca que no se ha acreditado la existencia de intención de causar la muerte, elemento subjetivo necesario para sostener la acusación por tentativa.

Los hechos ocurrieron el 10 de marzo de 2022. El acusado compró combustible en una gasolinera próxima y se dirigió a una zona cercana a un supermercado donde dormía habitualmente la víctima. Allí roció con gasolina los cartones y enseres acumulados por el indigente y prendió fuego con un mechero. La víctima alertó a un empleado de un bar próximo y a la Policía y sufrió quemaduras al intentar rescatar algunas pertenencias.

- Publicidad -

La Audiencia Provincial había sostenido que el afectado dormía en el momento de los hechos y que se despertó por el olor a gasolina antes de la propagación del fuego. El TSJA corrige este extremo tras analizar la declaración del perjudicado en el juicio y considera probado que el hombre estaba despierto cuando el acusado vertió el combustible y que se produjo un intercambio verbal previo al incendio. La sala interpreta que el propósito del acusado era forzar al indigente a abandonar el lugar y no causar su muerte.

La resolución subraya que la secuencia de los hechos, las condiciones del lugar y la actuación de los intervinientes no permiten sostener la existencia de una voluntad homicida. La variación del relato fáctico influye directamente en la calificación jurídica, de modo que el tribunal absuelve al condenado del delito de homicidio en grado de tentativa y mantiene la condena por incendio con peligro para la vida.

Además de la pena de prisión, el TSJA fija una indemnización de 1.000 euros para la víctima por las lesiones sufridas. La sentencia, fechada el 14 de enero, es firme en vía autonómica salvo eventual recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

- Publicidad -

Contenido recomendado

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba