Transportes flexibiliza los tiempos de conducción para mitigar los efectos del apagón en el transporte de mercancías y viajeros

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha aprobado una resolución que flexibiliza temporalmente los tiempos de conducción y descanso de los conductores de transporte de mercancías y viajeros por carretera, con el fin de mitigar las consecuencias del apagón eléctrico sufrido en la Península Ibérica el 28 de abril de 2025. Esta medida se aplica de forma excepcional para facilitar la normalización de los servicios afectados por el fallo generalizado del suministro eléctrico, que ha provocado grandes congestiones de tráfico, dificultades en las comunicaciones y desabastecimiento de productos.
La resolución, que se publicará próximamente en el Boletín Oficial del Estado, establece excepciones para los transportistas con el objetivo de que puedan ampliar sus jornadas laborales y completar sus servicios sin contratiempos.
En el caso del transporte de mercancías, las exenciones se aplican desde el lunes 28 de abril hasta el domingo 4 de mayo, e incluyen:
- Ampliación del límite diario de conducción de 9 a 11 horas.
- Incremento del límite semanal de conducción de 56 a 60 horas.
- Expansión del límite de conducción bisemanal de 90 a 96 horas.
- Extensión del límite de conducción ininterrumpida de 4 horas y media a 5 horas.
- Reducción del descanso diario de 11 a 9 horas.
- Opción de tomar dos descansos semanales reducidos consecutivos.
Para el transporte de viajeros, las exenciones se aplican entre el 28 de abril y el 30 de abril, con medidas similares:
- Ampliación del límite diario de conducción de 9 a 11 horas.
- Aumento del límite de conducción ininterrumpida de 4 horas y media a 5 horas.
- Reducción del descanso diario de 11 a 9 horas.
Estas medidas buscan asegurar que los transportistas puedan cumplir con sus labores de forma eficiente a pesar de las complicaciones derivadas del apagón, y permiten mejorar el flujo de mercancías y pasajeros durante este periodo de recuperación.