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El TSJA confirma dos años de prisión para un hombre por abuso sexual a una menor en El Puerto de Santa María

El tribunal rechaza el recurso del condenado y avala la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz, que consideró probado el abuso cometido en el domicilio del acusado.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que condena a dos años de prisión a un hombre por un delito de abuso sexual a una menor cometido en su vivienda de El Puerto de Santa María.

Según la resolución judicial, los hechos ocurrieron cuando el acusado se encontraba en su domicilio junto a su pareja, su hija y la víctima, que había acudido acompañada por su padre. Durante la visita, y aprovechando que la menor descansaba en una cama situada en el dormitorio del matrimonio, el acusado se acercó mientras creía que la menor dormía y cometió el abuso.

Tras el incidente, el acusado regresó al salón, donde continuó conversando con los adultos. Poco después, la menor salió del dormitorio visiblemente alterada, pidiendo marcharse del lugar, lo que fue observado por su padre, quien también relató que el acusado entró y salió varias veces de la habitación durante la velada.

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La Audiencia Provincial de Cádiz condenó al acusado en primera instancia a dos años de prisión por abuso sexual, basándose en el testimonio de la víctima y las pruebas presentadas durante el juicio. El condenado interpuso posteriormente un recurso ante el TSJA, alegando vulneración del derecho a la presunción de inocencia y cuestionando la validez del testimonio de la menor y de su padre, a quien atribuyó problemas de adicción.

El TSJA ha desestimado estos argumentos, considerando que el testimonio de la víctima fue sólido, coherente y detallado, y que la tardanza en la denuncia se justifica por su edad y falta de comprensión en el momento de los hechos. El tribunal señaló que la menor relató la agresión años después, una vez que tuvo conciencia de su gravedad, lo que calificó como un comportamiento “diferido pero comprensible”.

Asimismo, la Sala destacó que el testimonio del progenitor, pese a ser cuestionado por la defensa, corroboró la reacción inmediata de la menor tras el abuso, reforzando la credibilidad del relato.

En consecuencia, el TSJA concluye que no se ha vulnerado el derecho a la presunción de inocencia del acusado y confirma la pena de dos años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial, manteniendo la condena por abuso sexual.

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