El TSJA ratifica condena por maltrato en Cádiz y absuelve del intento de agresión sexual
El TSJA ratifica condena por maltrato en Cádiz a un hombre por agredir a su expareja en la Punta de San Felipe en julio de 2023, pero mantiene la absolución por el presunto intento de agresión sexual al no apreciar pruebas suficientes.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a seis meses de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz a un hombre por un delito de maltrato físico contra su expareja en la Punta de San Felipe, en la capital gaditana. El alto tribunal andaluz ha desestimado los recursos presentados por la Fiscalía y la acusación particular, que solicitaban la condena también por intento de agresión sexual.
Los hechos se remontan a julio de 2023, cuando la víctima acudió a la zona de ocio de la Punta de San Felipe junto a su nueva pareja. Según la sentencia, durante la noche consumió alcohol —“chupitos de ron”— y comprimidos de Rivotril y Lorazepam, una combinación que le provocó una fuerte depresión del sistema nervioso central, dificultándole hablar y mantenerse en pie.
El condenado, que había mantenido con ella una relación sentimental de convivencia durante dos años y medio, fue avisado de que la mujer se encontraba en el lugar. De acuerdo con los hechos probados, se dirigió hacia ella acompañado de otro hombre, también procesado en la causa, y ambos la sujetaron con fuerza para subirla por unas escaleras hasta la parte superior del paseo marítimo, en contra de su voluntad.
Durante el trayecto, la mujer pidió ayuda a varias personas que se encontraban en la zona. En concreto, se dirigió a un joven al que dijo: “Ayúdame, por favor, me están llevando, me han drogado”. No ha quedado acreditado que mencionara que pretendieran agredirla sexualmente.
Ese joven alertó a un vigilante de seguridad de uno de los establecimientos situados en la parte inferior del recinto. El vigilante subió rápidamente y observó cómo los dos hombres tenían sentada a la mujer en el muro que separa el camino peatonal de la escollera, de aproximadamente 1,8 metros de altura. Según la resolución judicial, ambos le propinaban empujones con la intención de tumbarla.
La sentencia señala que no quedó acreditado que la víctima estuviera desnuda o semidesnuda, ni la posición exacta de los acusados respecto a ella en ese momento. Tampoco se probó que se produjera ningún otro acto de carácter sexual.
Tras un grito del vigilante, uno de los procesados huyó del lugar, mientras que el otro permaneció allí. El trabajador de seguridad bajó a la mujer en brazos y avisó a los servicios sanitarios y policiales, ya que se encontraba prácticamente semiinconsciente y no podía caminar por sí misma. El principal acusado presentaba síntomas compatibles con haber consumido alcohol o drogas.
La Audiencia Provincial de Cádiz condenó al excompañero sentimental de la víctima a seis meses de prisión por un delito de maltrato físico. Al segundo procesado le impuso una multa de dos meses, a razón de seis euros diarios, lo que suma un total de 360 euros. Ambos fueron absueltos del delito de agresión sexual en grado de tentativa.
Contra esa resolución recurrieron tanto la Fiscalía como la acusación particular ejercida por la víctima, al considerar que los hechos debían calificarse también como intento de agresión sexual. Sin embargo, el TSJA ha desestimado ambos recursos.
En su fallo, el alto tribunal andaluz sostiene que la sentencia de la Audiencia “analiza con detalle la prueba practicada” y expone de forma ordenada y fundamentada las razones que generan dudas razonables sobre la comisión de un delito contra la libertad sexual. Añade que los recurrentes no han acreditado que la resolución impugnada carezca de lógica o racionalidad suficiente como para justificar su nulidad.
De este modo, el TSJA ratifica condena por maltrato en Cádiz y mantiene la absolución respecto al presunto intento de agresión sexual, dejando firme la pena de prisión y la multa impuestas por la Audiencia Provincial.



